Considerando que el Estado de Emergencia Nacional continúa prorrogándose, se ha establecido la posibilidad de refinanciar (fraccionar y/o aplazar) el saldo de la deuda tributaria acogida anteriormente al Régimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de las deudas tributarias (RAF) contenido en una Resolución de pérdida declarada por la SUNAT.
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Denisse Gamarra
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