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Congreso: impuestos a apuestas online regirán pronto

Mincetur proyecta que recaudación llegue a los S/ 160 millones al año. Congreso oficializó ley que modifica estas actividades.

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Congreso: impuestos a apuestas online regirán pronto.
Fecha Publicación: 29/06/2023 - 21:25
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El Congreso de la República oficializó la ley que modifica la norma que regula la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas online. De esta manera, el Perú podrá aplicar un impuesto especial a las empresas domiciliadas y no domiciliadas en el país.

Con la promulgación de la ley también se modifica la fecha en que la norma entrará en vigencia. Así, considerando que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) informó que el Reglamento se publicará en julio próximo, la norma entrará en vigencia 120 días después (antes era a los 60 días), es decir, hacia el cierre de noviembre.

En Perú, según datos del Mincetur al 2022, operan 41 casas de apuestas online. De ellas, 15 están domiciliadas en Perú -como Apuesta Total o Te Apuesto- y 26 no están domiciliadas ni tienen sucursal en suelo peruano, como Bettson.

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Con las modificaciones, todas estas empresas estarán afectas al nuevo impuesto del 12% sobre sus ingresos tras la publicación del reglamento de la Ley, pendiente desde enero de 2023.

Juan Carlos Mathews, titular del Mincetur, afirmó que con la aplicación del impuesto se podrá recaudar cerca de S/ 160 millones anuales, que serán invertidos en la reactivación del turismo, además en obras de infraestructura pública, promover el deporte y atender programas de salud mental.

Entre algunos aspectos del nuevo dispositivo legal se señala, de manera clara, que solo podrán participar de esta actividad aquella persona natural mayor de edad, de nacionalidad peruana o extranjera, registrada en las plataformas tecnológicas de los juegos o apuestas deportivas a distancia autorizadas para su explotación por el Mincetur.

En el caso de los establecimientos de salas de juego de apuestas deportivas a distancia, estos podrán estar ubicados en un local de esta actividad exclusiva u otros que realicen una actividad adicional como la venta de otros productos o servicios.

También refiere que las empresas autorizadas por Mincetur deben poseer una plataforma tecnológica con la extensión “.bet.pe”, “.bet”, “.com”, “.pe” o “.com.pe” obtenida de una entidad pública o privada u organización responsable de otorgar los dominios con las extensiones antes referidas.

Cabe indicar que únicamente pueden ser objeto de apuesta aquellos eventos deportivos que formen parte de asociaciones, federaciones o ligas deportivas nacionales o internacionales.

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