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CTS: sepa cómo hacer para retirar este beneficio laboral

Aquí te explicamos a detalle cómo obtener el fondo que te corresponde por Ley.

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Fecha Publicación: 03/11/2022 - 04:29
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De acuerdo a Ley, todas las empresas tienen de plazo hasta el 15 de noviembre para efectuar el segundo depósito anual de la denominada Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Aquí le orientamos sobre los aspectos a tomar en cuenta para hacer el retiro correspondiente.

Hay que tener muy en cuenta que la CTS es el equivalente, a una remuneración anual; monto que debe ser depositado por la empresa en la cuenta del trabajador en dos partes de 50 % cada una correspondiente a los meses de mayo y noviembre.

De esta manera se dispone que los empleadores de la micro, pequeña, mediana y gran empresa, deberán hacer en noviembre el deposito correspondiente al período semestral mayo 2022-octubre 2022. El incumplimiento del depósito de la CTS en el plazo establecido es considerado por la Sunafil como una infracción muy grave.

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No olvides que la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio social que sirve para proteger al trabajador de contingencias o eventualidades surgidas a consecuencia del cese laboral. El beneficio está regulado por Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 650; aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-97-TR, y su reglamento, Decreto Supremo Nº 004-97-TR.

El Ejecutivo publicó en el Diario Oficial El Peruano el DS Nº 011-2022-TR que autoriza a los trabajadores, por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2023, a disponer libremente del 100 % de los depósitos de Compensación por Tiempo de Servicios efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición.

La disponibilidad del dinero será hasta el 31 de diciembre de 2023, por lo que podrás retirar los futuros depósitos, que se harán en 2022 y 2023. La CTS equivale, en promedio, a una remuneración anual; la cual debe ser depositada por el empleador a favor del trabajador en dos partes de 50 % cada una (mayo y noviembre).

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