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Fonavi, preguntas frecuentes: sepa si es beneficiario, cuándo y dónde le toca cobrar y más

Conozca si puede cobrar desde el extranjero y qué sucede si falleció el fonavista.

Fonavi fonavistas (Borja/EXPRESO).
Fecha Publicación: 28/12/2023 - 04:03
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En medio del proceso de devolución de aportes al Fonavi, miles de personas mantienen dudas sobre el tema, las cuales podrán ser absueltas en la siguiente nota.

Desde el último 21 de diciembre, luego de una serie de negociaciones entre el Gobierno y los representantes de los fonavistas, se viene llevando a cabo el pago a 64 mil contribuyentes al Fondo Nacional de Vivienda que figuran en el Grupo 20.

No obstante, la publicación del cronograma de pagos y del padrón de exaportantes beneficiados alcanzados en esta agrupación no parecen esclarecer todas las interrogantes, ya que, durante las últimas horas, muchos pasaron malos momentos y no pudieron cobrar.

Preguntas frecuentes sobre la devolución del Fonavi

En ese sentido, se elaboró un listado de respuestas a las preguntas que mayor incertidumbre causa entre los fonavistas que desde el pasado jueves cobran, aunque algunos sin éxito, la devolución de sus aportes.

¿Cómo saber si aparezco en el padrón de beneficiados?

Para conocer si aparece en el registro oficial de ciudadanos a los que corresponde cobrar las devoluciones, primero debe ingresar al portal web de la Secretaría Técnica del Fonavi, haciendo CLIC, AQUÍ.

Enseguida, deberá introducir el número del documento que certifique su identidad (DNI, carné de extranjería, libreta de electoral de 7 y 8 dígitos, carné de FF.AA o policial) y completar el código de verificación. Finalmente, presione en el botón 'Consultar' y aparecerá un recuadro que señalará si aparece en el registro.

¿Qué hacer si no aparece mi nombre en el padrón de beneficiados?

Si aportó al Fonavi y su nombre no aparece en el padrón de beneficiados del Grupo 20 podría relacionarse a las siguientes situaciones:

  1. Formó parte de un grupo anterior de devolución.
  2. No completó el registro o presentación del formulario número 1 en la Secretaría Técnica del Fonavi.
  3. Formó parte de un grupo anterior de devolución y no cobró por motivos externos.

MÁS INFORMACIÓN: Fonavistas amenazan con 'Toma de Lima' a punta de cacerolazos si no reciben toda su plata

De haber cumplido con el segundo punto señalado, deberá esperar a la publicación oficial de la segunda lista de beneficiados, en la que debería aparecer. El pago iniciará el próximo 4 de enero, según confirmó Luis Luzuriaga, representante del gremio de fonavistas. Vale recordar que los padrones siguen en construcción.

¿Dónde y cuándo cobrar si forma parte del Grupo 20?

Si bien el grupo de fonavistas que fueron empadronados en el Grupo 20 iniciaron con el cobro de sus devoluciones el jueves 21 de diciembre, en las sucursales del Banco de la Nación, se dispuso de una fecha excepcional para aquellos que no pudieron acercarse a recibir su dinero. Aquí el calendario completo:

  • Jueves 21 de diciembre de 2023: 0 y 1
  • Viernes 22 de diciembre de 2023: 2 y 3
  • Sábado 23 de diciembre de 2023: 4
  • Martes 26 de diciembre de 2023: 5 y 6
  • Miércoles 27 de diciembre de 2023: 7 y 8
  • Jueves 28 de diciembre de 2023: 9
  • Viernes 29 de diciembre de 2023: Rezagados (aquellos que no pudieron cobrar)

¿Cómo cobrar desde el extranjero?

Aquellos beneficiados con la devolución del Fonavi que inició el último mes de 2023 que residen en el extranjero podrán efectuar su cobro mediante un tercero, el cual deberá contar con una autorización conferida en una carta poder.

Según Héctor Cuadros, gerente de red de agencias del Banco de la Nación, el fonavista deberá gestionar e inscribir la documentación descrita previamente en el consulado peruano del país en el que reside. De esta manera, el designado podrá efectuar el cobro acercándose a cualquier sucursal bancaria presentando su DNI y acreditación.

¿Qué sucede con el pago a los fonavistas fallecidos?

De acuerdo con lo señalado por la Secretaría Técnica del Fonavi, en caso de que el titular deje de existir, el cobro podrá ser efectuado por los deudos, manteniendo la siguiente jerarquía:

  1. El cónyuge sobreviviente o integrante de la unión de hecho.
  2. Hijos menores e hijos con discapacidad total permanente acreditada por el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis).
  3. Hijos mayores de edad.
  4. Padres.
  5. Hermanos.
  6. A quien acredite ser deudo del fonavista mediante sucesión intestada o testamentaria.

En el caso de que existan dos deudos en la misma categoría, la devolución total de aportes será repartida en partes iguales.

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