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Multa de S/ 2,790 por infringir la Ley Seca

Incumplimiento también se sanciona con cárcel no mayor de 6 meses y pena accesoria de inhabilitación por igual tiempo.

Fecha Publicación: 11/04/2021 - 02:06
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Desde las 08:00 horas de ayer entró en vigor la disposición que prohíbe la venta de bebidas alcohólicas en todo el territorio peruano, con motivo de las comicios generales que se celebrarán hoy, informó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

El ente electoral advirtió que la vulneración de esta restricción, que se mantendrá hasta las 08:00 horas del lunes 12 de abril, se sanciona con cárcel no mayor de seis meses, multa de 2,790 soles y pena accesoria de inhabilitación, por igual tiempo que el de la condena, que puede consistir en incapacitar al condenado para ejercer la función o labor que ejercía.

ENCUESTAS

La medida forma parte de las restricciones electorales que comenzaron a regir desde el lunes 5 de abril, con la que prohíbe la difusión o publicación de encuestas de intención de voto en los medios de comunicación, conforme al artículo 191 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE).

El incumplimiento de esta disposición será sancionado con una multa de entre 10 y 100 unidades impositivas tributarias (UIT), es decir entre 44,000 y 440,000 soles.

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