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Gustavo Gutiérrez Ticse sobre Corte IDH: “No puede disponer que jueces actúen sin agotar instancia interna”

El magistrado del Tribunal Constitucional advierte que es “peligroso y preocupante” que la Corte Interamericana se pronuncie anticipadamente sobre la ley de amnistía “sin que exista una denuncia de por medio”.

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Gustavo Gutiérrez Ticse sobre Corte IDH: “No puede disponer que jueces actúen sin agotar instancia interna”.
Fecha Publicación: 14/09/2025 - 20:50
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Se viralizó su intervención en la última audiencia del Tribunal Constitucional sobre el habeas corpus del caso Cócteles. ¿Qué buscó con sus preguntas?

—Explicar, en público, aspectos esenciales del proceso. Pregunté para que la ciudadanía escuchara directamente a las partes y comprendiera el marco jurídico del debate. El caso sigue en deliberación y la sentencia se emitirá cuando termine el intercambio de argumentos.

—¿La decisión definirá si un aporte ilegal de campaña configura el delito de lavado de activos?

—Ese punto será votado por el Pleno. Al ser un habeas corpus, basta mayoría simple: cuatro de siete magistrados. El Tribunal deberá aclarar si las conductas imputadas encajan en un tipo penal vigente al momento de los hechos, conforme al principio de legalidad e irretroactividad.

—¿Lo resuelto por el TC impactará en otros casos?

—No necesariamente. El habeas corpus se resuelve para las partes. Puede orientar a otros procesos, pero solo si existe identidad de hechos. Un aporte de campaña no equivale a usar ese dinero para comprar propiedades o yates; son supuestos distintos y no se trasladan mecánicamente.

—El fiscal José Domingo Pérez escribió que el caso Cócteles “terminó”. ¿Cuándo se conocerá la sentencia del TC?

—No he leído su columna. Quizá considere que no fundamentó adecuadamente sus imputaciones. Nosotros responderemos con la sentencia, agotando los argumentos. Confío en que se emita en setiembre, aunque enfrentamos alta carga procesal.

—Pérez afirmó que usted mostró una actitud prejuiciada. ¿Qué responde?

—En audiencia los jueces ya estamos en el caso y preguntamos para contrastar posiciones. El objetivo es que el fiscal o el abogado nos convenzan. La ciudadanía escuchó sus argumentos y los míos como evaluador; eso fortalece la transparencia.

—El TC ordenó la excarcelación de Betssy Chávez. ¿Qué demuestra ese fallo?

—Que el Tribunal decide por razones constitucionales, no por etiquetas políticas. La mayoría considera que Pedro Castillo quebró el orden democrático, pero cinco magistrados estimaron que no podía mantenerse a la señora Chávez presa sin mandato escrito de juez. La sentencia permite solicitar una nueva prisión preventiva y dictar medidas como impedimento de salida.

—¿Pedro Castillo dio un golpe de Estado?

—Sí. Hubo un golpe de Estado y se quebró la Constitución. La discusión jurídica es la calificación penal: rebelión, conspiración u otra figura; esa determinación corresponde al sistema de justicia.

—¿Puede la Corte IDH exhortar a jueces peruanos a inaplicar la ley de amnistía?

—El sistema interamericano es residual: interviene cuando se agota la jurisdicción interna. En Perú, el control difuso permite a un juez inaplicar una norma en un caso concreto si contraviene la Constitución; no es por orden de la Corte IDH. Si el TC declara constitucional la ley, el juez debe aplicarla. Luego, un caso específico podría llegar al sistema interamericano.

—Usted ha dicho que preocupa que la Corte use casos antiguos para extender efectos. ¿Por qué?

—Porque no es saludable pronunciarse anticipadamente ni reabrir expedientes cerrados, como La Cantuta o Barrios Altos, para proyectar órdenes a procesos distintos. La Corte IDH no puede disponer que los jueces actúen sin agotar instancias internas. Ese camino tensiona el equilibrio entre jurisdicciones y genera inseguridad.

—¿La ley de amnistía se presume constitucional?

—Sí. Toda ley peruana se presume constitucional hasta que el TC la declare inválida. El control difuso existe, pero se ejerce caso por caso; no puede transformarse en una plantilla de inaplicación por mandato externo.

—Si llega una demanda de inconstitucionalidad, ¿el TC se pronunciará sobre la intervención de la Corte?

—Sí, en la medida en que exista una demanda, el Tribunal deberá resolver conforme a la Constitución y su jurisprudencia. He escuchado que el Ministerio Público evalúa presentarla; si ocurre, deliberaremos y decidiremos con independencia.

—Volviendo al caso Cócteles: usted remarcó que el delito de financiamiento ilegal de partidos se tipificó en 2019. ¿Por qué es clave?

—Por el principio de legalidad penal e irretroactividad: nadie puede ser sancionado por hechos que no eran delito cuando ocurrieron. El debate es si lo imputado encaja en tipos vigentes entonces o si se fuerza una subsunción posterior a 2019. Ese análisis marcará el desenlace del habeas corpus.

—Algunos dicen que el TC interfiere en investigaciones penales mediante hábeas corpus. ¿Qué contesta?

—El TC no reemplaza al juez penal ni al fiscal. Su tarea es verificar si se vulneraron derechos fundamentales durante la persecución penal. Lo deseable es que el Poder Judicial y el Ministerio Público resuelvan con celeridad para que el habeas corpus no se convierta en un atajo permanente.

—¿Hay votos definidos y plazos ciertos?

—El proceso deliberativo continúa y no adelantaré posiciones ni plazos. Cuando exista decisión, se comunicará con la motivación correspondiente.

—¿Qué diría a quienes acusan al TC de sesgo político?

—Que revisen las sentencias. El caso de Betssy Chávez evidencia decisiones basadas en garantías constitucionales, no en simpatías. En un colegiado plural es normal que existan votos distintos; lo relevante es la solidez de la motivación.

—¿Cuál debería ser la hoja de ruta cuando una norma interna se alega contraria a estándares interamericanos?

—Primero, activar los mecanismos internos: control difuso por el juez del caso y, en último término, control concentrado del TC. Luego, si persiste una afectación, acudir al sistema interamericano con un caso concreto, tras agotar instancias nacionales. Saltarse etapas debilita el Estado de derecho y produce choques innecesarios.

—¿Ve activismo en la Corte IDH?

—Percibo un activismo dinámico y, seguramente, de buena fe, pero debe estar acompañado de comprensión de los procesos internos de cada país. En el Perú no hubo una política estatal de exterminio; hubo respuesta frente a un grupo que se alzó en armas. Los pronunciamientos a priori agravan la desconfianza.

—En términos institucionales, ¿qué ganaría el país con reglas claras entre el TC, el PJ y la Corte IDH?

—Seguridad jurídica y protección efectiva de derechos. Si cada instancia actúa dentro de su competencia y respeta la secuencia procesal, los ciudadanos reciben decisiones previsibles y oportunas. Esa es la mejor garantía para la democracia y para la lucha contra la impunidad.

—Mensaje final al Ministerio Público y a la defensa en el caso.

—Que litiguemos con rigor y respeto: menos adjetivos, más evidencia y técnica. La justicia gana cuando las partes argumentan claro y aceptan controles constitucionales.

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