“Vizcarra puede presentar nuevo proyecto de reforma”
El anuncio de Salvador del Solar, luego del archivamiento de la propuesta de adelanto de elecciones, no permite saber qué va a hacer el Ejecutivo, advierte jurista.
¿Esperaba la decisión de la Comisión de Constitución que aprobó por mayoría archivar el proyecto de reforma constitucional presentado por el Ejecutivo?
Uno puede estar de acuerdo o no con la decisión tomada, pero la Comisión de Constitución tiene la facultad de archivar el proyecto, lo que ocurre es que la consecuencia del archivo es distinta si es que ese archivo se hace con una cuestión de confianza presentada o sin una presentada con anterioridad.
-¿Qué le parece la respuesta del Ejecutivo?
Me parece que deja la incógnita de que cosa es lo que se va a hacer [en el Gobierno]. Eso es todo. No permite saber que se va a hacer.
-El presidente del Consejo de Ministros dijo que no se quedarán con los brazos cruzados, ¿qué posibilidades se abren con esa frase?
La única que vislumbro es que el presidente de la República, Martín Vizczrra, presente un nuevo proyecto de ley de reforma constitucional con el mismo contenido y que el presidente del Consejo de Ministros haga cuestión de confianza de su aprobación y señalando el plazo en el que debe ser aprobado, porque ya archivado el proyecto en la Comisión de Constitución el trámite terminó y ya no se puede plantear cuestión de confianza.
-¿El reglamento establece que ya no podría presentarse un proyecto similar hasta la próxima legislatura?
No. El reglamento del Congreso se refiere a cuando un proyecto es desaprobado en el pleno del Congreso, pero cuando se archiva no hay desaprobación, por lo tanto puede ser presentado nuevamente. El archivo no exige que haya un examen de constitucionalidad, si lo hay o no es irrelevante para efectos de presentarlo de nuevo.
Mañana mismo el Presidente puede presentar una propuesta similar y sobre eso el presidente de Consejo de Ministros puede hacer una cuestión de confianza.
-Con ese escenario los tiempos ya no alcanzarían para que se lleve a cabo elecciones en el año 2020...
De repente la Comisión de Constitución puede decir que deben reunirse. La alternativa sería que la Junta de Portavoces apruebe la dispensa del trámite de comisiones; en cuyo caso pasaría directamente al pleno y se podría aprobar.
-¿El Congreso podría apelar al Tribunal Constitucional, señalando que no se puede hacer confianza por reformas constitucionales?
bunal Constitucional no tiene competencia ahí para absolver consultas ni para examinar actos de tipo político de parte del Congreso o del Presidente.
Además ese argumento se sustenta en que al Presidente se le está prohibido observar los proyectos de ley de reforma constitucional; sin embargo, la facultad de plantear la cuestión de confianza no es del jefe de Estado, sino del presidente del Consejo de Ministros.
-En teoría, sí cabría la posibilidad…
Claro, la observación es una objeción a un proyecto de reforma; en cambio la cuestión de confianza es lo contrario, es el pedido de aprobación. Por tanto, la prohibición de observar no puede generar como correlato que no se pueda plantear la cuestión de confianza. Son dos cosas distintas porque son dos funcionarios distintos y son actos de sentidos opuestos.
LLAMADO A LA CIUDADANÍA
-¿Qué le parece que el premier Salvador del Solar haya hecho un llamado a la ciudadanía a mantenerse alerta?
Creo que es una invocación que debe interpretarse en los términos más civilizados y que, por consiguiente, nadie debe entenderlo como un pedido para que se agravie a la Constitución.
POR: SCARLET REYES V.
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