Caso JNJ: jueces desconocen fallo del Tribunal Constitucional | El origen de la nueva polémica
Medida judicial se tomó horas antes del pleno del Congreso.
Los jueces superiores de la Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima concedieron en parte la medida cautelar presentada por los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) y dispuso suspender provisionalmente todas las imputaciones de cargos de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República contra ellos.
Esta medida judicial se tomó horas antes de que el pleno del Congreso debata y vote el informe que busca la destitución de los siete miembros de la Junta Nacional de Justicia por presunta causa grave.
Los miembros de la JNJ deberían presentarse este miércoles para ejercer su derecho a la defensa; sin embargo, este proceso ya no sucederá.
El artículo 418 del Código Penal relativo al prevaricato es sumamente claro, en la que se señala que: “El juez o el fiscal que dicta resolución o emite dictamen, manifiestamente contrarios al texto expreso y claro de la ley, o cita pruebas inexistentes o hechos falsos, o se apoya en leyes supuestas o derogadas, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco años”.
MÁS INFORMACIÓN: Congreso desconoce fallo de jueces que favorece a la JNJ: la historia de este manotazo de ahogado
A través de un comunicado, el presidente del Poder Legislativo sostuvo: “Rechazamos la decisión de la Tercera Sala Constitucional de conceder una medida cautelar a los miembros de la JNJ. El equilibrio de poderes y la rendición de cuentas son pilares fundamentales para la democracia".
Hay que precisar que el Tribunal Constitucional (TC) emitió la sentencia recaída en el Expediente N.° 00003-2022-PCC/TC, que establece la prohibición de interferir en las facultades exclusivas y excluyentes del Congreso, como es el caso.
Tras el fallo judicial, el Pleno del Congreso, al amparo de sus facultades constitucionales y legales, está en la obligación de continuar con el debate y votación del informe final de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, el cual recomienda remover a todos los integrantes de la JNJ por causa grave, tal como se había programado.
La decisión del Tribunal Constitucional manifiesta la independencia del Poder Legislativo en sus acciones y que el Poder Judicial no puede intervenir en acciones que sean de su competencia. Más aún el Tribunal Constitucional, como supremo intérprete de la Constitución, ya había dejado sentado en la Sentencia N.° 74/2023, que corresponde a un proceso competencial que promovió el Congreso contra el Poder Judicial.
Por C. Alfredo Vignolo G. del V.
Caso ‘Los Cuellos Blancos’: dictan 36 meses de prisión preventiva contra abogado
Mira más contenidos siguiéndonos en Facebook, Twitter, Instagram, TikTok y únete a nuestro grupo de Telegram para recibir las noticias del momento.