Delia Espinoza, desacato y prepotencia [ANÁLISIS]
Actúa en el colmo de la audacia.
Mediante el Decreto Supremo No. 083-2025-PCM se prorrogó por 30 días calendario el Estado de Emergencia declarado en algunos distritos de Lima Metropolitana del departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao, y entró en vigencia el 16 de junio último.
Durante este período, la PNP mantiene el control del orden interno, con apoyo de las FF.AA., manteniéndose las restricciones a los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad del domicilio, libertad de tránsito, reunión y seguridad personal, conforme al artículo 137 de la Carta Magna. La intervención de la PNP y las FF.AA. se rige por el Decreto Legislativo No. 1186, que regula el uso de la fuerza, y por las normas vigentes aplicables al contexto de estado de emergencia.
Sin embargo, la fiscal (ilegal) de la Nación, Delia Espinoza, presentó una demanda de Habeas Corpus preventivo contra la PNP para evitar que la institución pública sea “instrumentalizada indebidamente” para ejecutar actos de privación de libertad sin mandato judicial ni flagrancia en su contra, desconociendo el decreto supremo de estado de emergencia.
En el colmo de la audacia, señaló en el documento: “En tanto institución pública que, en el marco de los hechos descritos, podría ser instrumentalizada indebidamente para ejecutar actos de privación de libertad sin mandato judicial, ni flagrancia, en perjuicio de la suscrita Delia Milagros Espinoza Valenzuela, fiscal suprema titular y fiscal de la Nación”; en el petitorio del documento se establece que se ordene a la PNP “abstenerse” de ejecutar actos que constituyan una amenaza contra su “libertad personal” bajo supuestos delitos de desobediencia o resistencia a la autoridad, o usurpación de funciones.
Debemos entender muy claramente que no se trata de un caso de una designación de un fiscal, sino de reposición, la cual fue destituida irregularmente por la Junta Nacional de Justicia (JNJ) y, al no respetar el mandato, se está incurriendo en un desacato.
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Las funciones de la Junta Nacional de Justicia, que son nombrar, ratificar y aplicar sanciones, entre ellas la destitución de jueces o fiscales. Si la Junta tiene el poder de destituir, tiene también el poder de anular su destitución y de reponer. Patricia Benavides debe tomar posesión del cargo con el respaldo de la PNP.
El desacato a una resolución de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) puede acarrear consecuencias graves, incluyendo sanciones administrativas como la destitución, suspensión o amonestación. La JNJ, como órgano constitucional, tiene la facultad de aplicar estas sanciones a quienes incumplan sus resoluciones.
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