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Denuncian trato inhumano contra detenidos en carceletas de Diviac [INFORME]

Personas privadas de su libertad no tienen servicios higiénicos adecuados, no cuentan con alimentación y duermen en el piso. A ello se suma que Poder Judicial y Ministerio Público se exceden en detenciones preliminares fuera de los plazos de ley.

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Denuncian trato inhumano contra detenidos en carceletas de Diviac [INFORME].
Fecha Publicación: 27/07/2024 - 04:03
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La Defensoría del Pueblo, mediante el equipo del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNPT), emitió un informe sobre las condiciones de las carceletas a cargo de la División de Investigaciones de Alta Complejidad (Diviac) y la Dirección de Investigación Criminal (Dirincri), desde el enfoque de prevención de la tortura y malos tratos, donde denuncia tratos inhumanos para los detenidos que no cuentan con camas, colchones, ropa de cama, artículos de aseo, servicios de higiene limpios y comida.

Este informe estuvo a cargo del equipo integrado por Piero Villena (director) y los abogados Juan Carlo Huároc y Barccia Falckenheiner, y se realizó tras las visitas que realizó a personas detenidas la Adjuntía para la Seguridad Ciudadana, Seguridad Nacional y la lucha contra las drogas, a través del programa para las personas privadas de su libertad.

Dicho informe se sustenta al igual que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su documento sobre los Derechos Humanos de las personas privadas de libertad en las Américas, cuyo principio fundamental es que el Estado adopte una posición especial de garante y asume deberes específicos de respeto y garantía de los derechos fundamentales de los detenidos.

Visitas inopinadas

El pasado 17 de mayo y el 20 de junio, el MNPT hizo visitas inopinadas a la unidad de detención de la Diviac, ubicada en las instalaciones de la Dircote. Dicho lugar donde llegan los detenidos por detención preliminar tiene tres niveles: dos pisos de aproximadamente 16 metros de largo por 4 de ancho y un sótano. Cada nivel tiene seis celdas y un baño, mientras que en el sótano hay un lavadero al final del pasadizo.

En esas inspecciones se entrevistaron con los detenidos para recoger sus generales de ley, estado de salud, tiempo que estaban recluidos y el órgano jurisdiccional que dispuso su encarcelamiento.

Se detectó que no hay vías para acceso de personas con discapacidad en silla de ruedas. Personal de la Diviac informó que ante la falta de presupuesto no brindan alimentos ni artículos de aseo y limpieza a los detenidos, todos estos gastos son asumidos por los familiares en clara evidencia de una seria irregularidad.

Asimismo, los colchones y ropa de cama también corren por cuenta del detenido, aunque esta situación se agudiza cuando se trata de extranjeros o gente de provincias, improvisando muchas veces el personal policial con sus propios recursos. Además, no tienen un ambiente de salud, medicinas ni personal médico asignado. Tampoco cuentan con un protocolo de salud o de seguridad para la evacuación en caso de cualquier emergencia médica o alerta sísmica que pueda producirse.

Además, el informe advierte que, en la carceleta de la Diviac en la av. España, se encontró a 33 personas detenidas distribuidas en 18 celdas, evidenciando que 15 de ellos duermen en el suelo. De otro lado, se informó que más de la mitad tenían más de 60 días recluidos cuando el máximo legal es de solo 15 días.

El caso más llamativo en la Diviac fue el de un interno con presunto diagnóstico de parálisis cerebral que no recibe atención médica y su mandato de detención había acabado hace un mes atrás. Al no resolver su situación jurídica el Poder Judicial, este detenido es apoyado por su compañero de celda.

Caso similar en Dirincri

En esta dependencia policial ubicada en la av. España, también se encontraron irregularidades. Se comprobó que hay 105 personas detenidas, a pesar que el 80% de ellas tienen el mandato judicial vencido, no contaban con camas, dormían sobre frazadas y no contaban con lavaderos ni duchas y tan solo con un inodoro que estaba en condiciones antihigiénicas.

Ante esta situación, la Defensoría del Pueblo dio algunas recomendaciones a diferentes instituciones y principalmente al Poder Judicial, exhortándole a que disponga medidas que permitan regularizar con celeridad la condición legal de los detenidos.

De otro lado, le solicitó al Ministerio del Interior a que disponga el presupuesto que requiere la Policía Nacional del Perú para implementar centros de detención de acuerdo a los estándares internacionales en materia de derechos humanos.

“Estas personas permanecen durante todo el día al interior de sus celdas, no tienen contacto con el mundo exterior y la alimentación y artículos de aseo personal son proporcionados por familiares, ya que la Policía Nacional no tiene destinado presupuesto para ello, pese a que, por principio de trato humano, toda persona privada de libertad debe ser tratada humanamente”, señaló Piero Villena, director del MNPT.

Villena comentó además que tras emitir su informe existe evidencias de que el Estado estaría vulnerando sistemáticamente derechos fundamentales de los detenidos y va en contra de lo establecido en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, entre otros instrumentos que el Perú ha suscrito y ratificado. “Dichos instrumentos establecen la obligación de que toda persona privada de libertad sea tratada humanamente y con el respeto debido a la dignidad inherente a todo ser humano”, precisó.

Conclusiones

En este informe de la Defensoría del Pueblo evidencia que el Estado estaría vulnerando sistemáticamente el derecho al debido proceso, a la salud, a la integridad física y psicológica, a la alimentación y a la privacidad, entre otros, de las personas detenidas en estas unidades de detención.

Conforme lo ha señalado la Corte IDH, el aislamiento en celda reducida, sin ventilación ni luz natural y restricciones al régimen de visitas constituyen formas de tratos crueles, inhumanos o degradantes, que es señalado como un trato constitutivo de tortura. Los detenidos solo salen durante sus diligencias, no existe un marco legal que establezca sus horas de patio, actividades u otra situación que permita eliminar el estrés y socializar a la persona detenida, que tan solo tiene contacto con su abogado defensor.

Ni la Diviac ni la Dirincri tienen un presupuesto asignado para la alimentación y artículos de aseo; no obstante, las personas detenidas se encuentran bajo su responsabilidad. Asimismo, la Diviac no tiene una unidad de detención, teniendo que recurrir a las instalaciones de la Dircote. En la Diviac, las mujeres detenidas son ubicadas en celdas que están en los mismos pisos de los varones, utilizan los mismos servicios higiénicos. No existe ningún tratamiento diferenciado para ellas. A excepción de la agente policial responsable del lugar, el resto de agentes son varones.

Por su parte, los familiares asumen las obligaciones del Estado, subvencionando a las personas detenidas su alimentación, artículos de aseo personal, colchones y artículos de cama. En ambas supervisiones se comprobó que no existe un ambiente de salud, medicinas ni personal médico asignado.
Finalmente, se informó que ambas entidades policiales no tienen un protocolo de salud o de seguridad para la evacuación en caso de emergencia médica o alerta en caso de que pueda producirse un sismo.

Actos de tortura

Estas denuncias de las condiciones en las que se encuentran estas personas detenidas pueden constituir actos de tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Los ambientes supervisados no reúnen las condiciones mínimas de habitabilidad ni salubridad.

Además, hay un vacío normativo sobre el tiempo de detención entre la programación de audiencia para prisión preventiva. En este caso, el juez o fiscal que permite que la persona continúe privada de su libertad, a pesar de haberse vencido el plazo legal, no es objeto de ningún procedimiento disciplinario.

Estos centros de detención policial evidencian que el Estado, como garante, está yendo en contra a lo establecido en el párrafo 1 del artículo 10 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, cuya obligación es que toda persona privada de libertad será tratada humanamente y con el respeto debido a la dignidad inherente a todo ser humano tras permitir la detención en las condiciones alarmantes que se ha detallado en el presente informe.

Sugerencias

Es por eso que la Defensoría del Pueblo recomienda tras la emisión de este informe que la Junta Nacional de Justicia evalúe la implementación de un mecanismo de control judicial y fiscal que busque responsabilizar a los jueces y fiscales que permitan la permanencia de personas detenidas más del tiempo tipificado por la Constitución y la Ley.

Además, pide al Ministerio Público ejecute las detenciones preliminares cuando sean estrictamente necesarias, conforme al artículo 261 del Código Procesal Penal. También propone a las fiscalías especializadas en Derechos Humanos las visitas periódicas para comprobar las condiciones de detención de las personas privadas de libertad en los centros policiales.

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Asimismo, exhorta al Poder Judicial que regule inmediatamente la situación jurídica de todas las personas que se encuentran con mandato de detención preliminar vencidas y cumplir los plazos de detención preliminar establecidos en el artículo 264 del Código Procesal Penal, con el fin de salvaguardar el derecho al debido proceso, a la libertad personal y a la salud e integridad física y mental de las personas detenidas.

También le solicita a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial que visite las unidades de detención de la PNP para advertir el vencimiento de los plazos de detención, según lo establecido en el artículo 264 numeral 5 del Código Procesal Penal.

De otro lado, plantea implementar una mesa de trabajo para evaluar la implementación del subsistema judicial de Derechos Humanos que permita avocarse a las causas relacionadas con las personas privadas de libertad y le solicita a la Policía Nacional del Perú, de acuerdo al artículo 263 del Código Procesal Penal, que pida al ministerio del Interior el presupuesto suficiente que permita la implementación de recursos humanos y logísticos de los centros de detención policial con sujeción a los estándares internacionales en materia de Derechos Humanos de las personas privadas de libertad, respetando así el trato humano y el derecho a la dignidad de toda persona detenida.

Finalmente, evalúa el cierre provisional de los centros de detención existentes (Diviac y Dirincri) mientras no reúna las condiciones mínimas de habitabilidad y salubridad y capacitar en materia de Derechos Humanos al personal policial que tenga bajo su responsabilidad la seguridad de personas privadas de libertad.

También sugiere al Poder Legislativo que regule los vacíos normativos sobre el tiempo de detención legal, y al Poder Ejecutivo cumplir las obligaciones internacionales asumidas a través de la Convención contra la tortura.

El Estado omite una serie de obligaciones internacionales

Piero Villena, presidente del equipo de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNPT) de la Defensoría del Pueblo, hizo un llamado al Poder Judicial y Ministerio Público para que de manera inmediata resuelvan la situación de las personas que se encuentran privadas de libertad en general, sobre todo en condición de procesadas.

“El informe va dirigido más que todo al Poder Judicial y al Ministerio Público, puesto que estas personas están ahí, el grueso, sobre todo, en las instalaciones de la Diviac, por un mandato judicial que en principio tiene un plazo de 15 días según la ley, pero que permanecen más de ese tiempo e inclusive nosotros hemos podido advertir en la visita que tenían alrededor de 60 días”, explicó.

En ese sentido, el profesional dijo que esas personas que permanecen todo ese tiempo en la carceleta tienen que estar bajo una condición, que en la medida de lo posible el Estado garantice aspectos dentro de un trato humano y de dignidad inherente a toda persona.

“Sin embargo, no es así y el Estado lamentablemente no brinda las garantías mínimas de las personas que están recluidas allí y de esta manera omite una serie de obligaciones internacionales que el Perú ha firmado y ha ratificado”, indicó.

Se agudizan maltratos y violencia psicológica en los últimos años, dice abogado Lui Lamas Puccio

El abogado penalista Luis Lamas Puccio dijo que esta situación de los presos en las carceletas siempre ha sido así, e incluso señala que en los últimos años se habrían agudizado los malos tratos, la degradación, la violencia psicológica y la corrupción.

“El hacinamiento y la promiscuidad es la regla general. Lo grave es que las detenciones se llevan a cabo con la autorización de jueces y fiscales. Qué dice el Fiscal de la Nación y el presidente de la Corte Suprema. Las detenciones están bajo sus jurisdicciones. Se concibe que quien ha violado la ley, el trato que debe recibir tiene que ser el peor. No tienen asistencia médica y no descarto todo tipo de humillaciones y vejaciones”, refirió.

Por su parte, el analista Juan Sheput dijo que si bien es cierto el informe tiene como objetivo prevenir situaciones de tortura y malos tratos en las sedes de la Diviac y la Dirincri, “es notorio que los resultados que arrojan son característica común de todo el sistema penitenciario peruano”

“No existe una propensión a la tortura y al mal trato. Lo que hay es un descuido estructural en lo que se refiere a la provisión de un entorno y ambiente adecuado a las personas privadas de la libertad. Esto fundamentalmente es el resultado de una gestión mediocre y deficiente con una ausencia clamorosa de recursos que, aunado a una crisis del sistema judicial que abusa de las medidas de reclusión, arroja como producto una sobrecarga del sistema penitenciario”, sostuvo.

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