Fernando Rospigliosi rechaza y responde a carta de fiscal Delia Espinoza
Parlamentario calificó solicitud como “autoritaria y carente de sustento constitucional”.
El congresista Fernando Rospigliosi rechazó con contundencia la carta notarial enviada por la fiscal de la Nación, Delia Espinoza, quien le exigió rectificar sus opiniones en un plazo de 24 horas.
En su respuesta, el parlamentario calificó la solicitud como “autoritaria y carente de sustento constitucional”, y reafirmó su derecho a cuestionar la actuación de una funcionaria pública.
“Acuso recibo de su extraña comunicación mediante la cual pretende conminarme […] a que rectifique mis opiniones sobre su actuación como fiscal de la Nación. Considero importante expresarle que su pedido está totalmente fuera de lugar y desprotegido por las normas constitucionales”, expresó Rospigliosi al inicio de su pronunciamiento.
Desde el Congreso, sostuvo que Espinoza actúa como representante del Estado y, por tanto, no puede invocar derechos fundamentales como si fuera una persona natural.
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Citó jurisprudencia del Tribunal Constitucional que establece que el Estado solo posee competencias, no derechos fundamentales, y que los funcionarios deben tolerar un mayor nivel de escrutinio público.
“La libertad de expresión, tratándose de la crítica a funcionarios y autoridades, es mucho más amplia de lo que usted parece dispuesta a aceptar”, señaló Rospigliosi, citando a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que protegió expresiones incluso “incisivas e incómodas” dirigidas contra el poder.
El parlamentario argumentó que sus declaraciones constituyen una opinión crítica legítima sobre el desempeño institucional de Espinoza.
Rechazó cualquier imputación de injuria o difamación, amparándose en el artículo 133 del Código Penal, que exime de responsabilidad a los funcionarios cuando emiten juicios desfavorables en el cumplimiento de sus obligaciones.
Además, cuestionó las reuniones sostenidas por Espinoza con colectivos que se autodenominan “víctimas” de conflictos recientes, a pesar de que su estatus judicial aún no fue determinado.
“Calificarlos anticipadamente como tales constituye un prejuzgamiento institucional”, sostuvo, advirtiendo que esto vulnera el principio de presunción de inocencia.
El congresista concluyó su respuesta ratificando la validez de sus críticas. “Su pretensión de imponerme sus opiniones está fuera de lugar. Sería conveniente que reflexione usted acerca de su actitud autoritaria y antidemocrática”, sentenció.
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