La prisión preventiva debe ser aplicada de forma excepcional
“Si no es trabajado con cuidado el riesgo de estos peligros procesales (fuga y entorpecimiento) puede vulnerarse la presunción de inocencia”, anotó César San Martín.
El presidente de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, César San Martín, señaló que la prisión preventiva es excepcional y debe interpretarse y aplicarse de forma restrictiva, amparada en un estándar de sospecha fuerte o sospecha grave y fundada.
Dijo que esta es un presupuesto básico sobre la alta probabilidad de que fue perpetrado un delito grave y que en este el imputado figure como autor o partícipe.
Señaló, además, que todas las ideas y exigencias de racionabilidad y proporcionalidad arribadas en el acuerdo plenario sobre prisión preventiva poseen una variación según el tiempo y no hay “reglas universales absolutas”.
“Si no es trabajado con cuidado el riesgo de estos peligros procesales (fuga y entorpecimiento) puede vulnerarse la presunción de inocencia”, anotó San Martín.
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