Nueva denuncia constitucional contra miembros de JNJ: destituyeron a fiscal supremo cuando estaba internado en hospital
Lo sacaron del cargo sin derecho a defensa.
El exfiscal supremo Tomás Gálvez Villegas denunció constitucionalmente ante el Congreso de la República a todos los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) por causa grave, delitos de abuso de autoridad y discriminación, así como por infringir la Constitución al haberlo destituido del cargo sin permitirle el derecho a defensa y cuando el proceso había caducado.
El pasado jueves, Gálvez Villegas hizo llegar al Parlamento dos acusaciones constitucionales contra Imelda Tumialán Pinto, Aldo Vásquez Ríos, Henry Ávila Herrera, Luz Tello Valcárcel, María Zavala Valladares, Humberto de la Haza Barrantes y Guillermo Thornberry Villarán, todos ellos integrantes de la JNJ.
Esta vez, los miembros de la JNJ, quienes están siendo investigados por la Comisión de Justicia del Congreso, fueron denunciados por causa grave prevista en el artículo 157 ° de la Constitución y también por los delitos de abuso de autoridad y de discriminación así como por infringir los artículos 51° y 138° (concordante con el artículo 139.3) y el artículo 139.5 de la Carta Magna.
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En su denuncia, Gálvez Villegas explicó que en 2020 el pleno de la JNJ inició un procedimiento disciplinario para destituirlo del cargo de fiscal supremo, sin embargo dicho proceso se realizó de modo “arbitrario, abusivo y contraviniendo la Constitución y la ley”, ocasionándole “perjuicio personal y moral”.
“Todas las resoluciones emitidas por los denunciados con la finalidad de destituirme, fueron absolutamente arbitrarias y se realizaron sin motivación alguna, infringiendo mi derecho a la debida motivación de las resoluciones”, indicó en el documento que deberá ser remitido a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Parlamento.
Sin investigación preliminar
Explicó que con la finalidad de sacarlo del cargo de fiscal supremo que ejercía, los integrantes de la Junta, el 12 de febrero del 2020, dispusieron iniciar un procedimiento disciplinario inmediato, soslayando la observancia propia de un debido proceso, pese a que las normas vigentes mandan iniciar un procedimiento ordinario con una investigación preliminar que garantice el debido esclarecimiento de los hechos.
“Los denunciados me iniciaron un procedimiento sin una investigación preliminar sin que exista razón alguna para ello, peor aún, no esgrimieron motivo alguno para fundamentar por qué razón se me sometía a este tipo de procedimiento que no contaba con una investigación preliminar como mandaba la ley para investigar a un magistrado supremo.
Por María Teresa García
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