Pedro Castillo sufre nuevo revés por caso golpe de Estado: esta es la reciente decisión del Poder Judicial
Golpista permanece recluido en penal Barbadillo.
El expresidente Pedro Castillo, quien permanece recluido en el penal Barbadillo, sufrió un nuevo revés en su batalla legal.
El Poder Judicial (PJ) desestimó su solicitud de recusación contra el juez supremo Juan Carlos Checkley Soria, quien continuará a cargo de la etapa de control de la acusación fiscal relacionada al golpe de Estado que Castillo perpetró el 7 de diciembre de 2022.
La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, presidida por el juez César San Martín, aprobó la resolución emitida el 20 de mayo, en la que Checkley "rechazó de plano" la recusación presentada por Castillo.
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En aquella ocasión, Pedro Castillo argumentó falta de imparcialidad, señalando que el juez Checkley había programado un calendario de audiencias para la etapa de control de la acusación fiscal y que estaba siendo investigado en un caso separado relacionado con la ex fiscal de la Nación, Patricia Benavides.
Los abogados del chotano cuestionaron la actuación del magistrado, alegando que su inclusión en la investigación de la exfiscal de la Nación afectaba su imparcialidad.
Sustentos del Poder Judicial para "rechazar de plano" recusación de Pedro Castillo
Sin embargo, el PJ precisó que "planificar o agendar no es adelantar opinión acerca de las decisiones interlocutorias o definitivas que puedan dictarse en el curso de las sesiones de audiencia".
El tribunal también subrayó que la investigación preliminar en la que está incluido Juan Carlos Checkley no tiene ninguna vinculación con el proceso penal seguido contra el investigado. "Es verdad que el juez recusado ha sido incluido como investigado en unas diligencias preliminares, pero ese caso no tiene vinculación alguna con la presente causa u otra seguida contra el encausado Castillo Terrones", explicó la sala suprema.
En consecuencia, la Sala Penal Permanente determinó que los argumentos presentados por la defensa de Castillo no eran suficientes para justificar la recusación. "Los hechos en que se sustenta la recusación no son de recibo. El rechazo de plano es legalmente correcto", concluyó el tribunal.
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