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PJ evaluará si aplica control difuso sobre ley que penaliza a adolescentes

Las penas que podrían imponerse varían según gravedad del delito.

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Fecha Publicación: 07/06/2025 - 17:13
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El Poder Judicial (PJ) se encuentra ante una encrucijada jurídica tras la entrada en vigencia de la Ley 32330, que permite juzgar penalmente a adolescentes de 16 y 17 años como adultos.

Ante este escenario, los magistrados analizan la posibilidad de aplicar control difuso en los casos que lleguen a sus despachos, a fin de salvaguardar principios constitucionales vinculados a la protección de menores.

El juez especializado Carlos Zavaleta Grández, miembro del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, precisó que cada juzgador deberá decidir en función del caso concreto si aplica o no la nueva normativa.

“Aún no hay un posicionamiento para hacer un control difuso de la norma; tendremos que ver si podemos aplicar un control difuso o en todo caso procesarlo como una persona adulta que es sujeto de un proceso penal”, declaró.

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Días antes, la presidenta del PJ, Janet Tello, manifestó que la Sala Plena de la Corte Suprema evalúa la presentación de una demanda de inconstitucionalidad contra la norma en mención, en atención al posible conflicto con el marco normativo de protección de la niñez y adolescencia. Mientras tanto, algunos juzgados ya comenzaron a actuar bajo el nuevo esquema legal.

Zavaleta confirmó que en Trujillo se dictó prisión preventiva contra un adolescente de 16 años, a pesar de que, conforme al ordenamiento legal anterior, aún se le consideraba menor de edad.

“Ese es un claro ejemplo del dilema que enfrentamos”, indicó.

El magistrado también explicó que las Unidades de Flagrancia asumirán los casos que involucren a adolescentes cuando sean detenidos cometiendo un delito en flagrancia, salvo que se trate de delitos complejos como crimen organizado, terrorismo, lavado de activos o corrupción de funcionarios, los cuales seguirán siendo competencia de juzgados especializados.

“La ley que crea el Sistema Nacional Especializado en Flagrancia Delictiva ha cambiado la forma de operar. Ahora, cuando existe evidencia y material probatorio suficiente, el proceso se agiliza. El Ministerio Público solicita un proceso inmediato, y tras el filtro correspondiente, se realiza un juicio oral y se dicta sentencia”, explicó el juez.

Las penas que podrían imponerse varían según la gravedad del delito. “Pueden ir desde dos días hasta cadena perpetua”, advirtió Zavaleta.

También aclaró que la Policía tiene la obligación de llevar directamente a los detenidos a las unidades de flagrancia, sin pasar previamente por las comisarías.

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