Rafael Vela y José Domingo Pérez fueron denunciados penalmente
Ex consejero regional de Moquegua, Luis Miguel Caya, fue el autor de la denuncia contra los fiscales del caso Lava Jato, por el presunto delito de peculado de uso.
Los fiscales Rafael Vela Barba y José Domingo Pérez, del Equipo Especial Lava Jato que investiga la megacorrupción de Odebrecht en el Perú, fueron denunciados penalmente por el presunto delito de peculado de uso.
El autor de la denuncia es el ex consejero regional de Moquegua y militante aprista, Luis Miguel Caya, que a través de sus redes sociales dio a conocer la denuncia que formuló contra los dos fiscales, por el delito que está tipificado en el Código Penal.
Este mismo personaje, que es abogado de profesión, presentó anteriormente una denuncia contra Vela Barba, Domingo Pérez y el director de la ONG IDL – Reporteros, el periodista Gustavo Gorriti, por los presuntos delitos de cohecho pasivo propio y cohecho pasivo genérico.
Rafael Vela y José Domingo Pérez fueron denunciados por usar equipos de Fiscalía en su defensa
Los dos fiscales que lograron notoriedad por el caso Lava Jato y por las investigaciones a expresidentes y políticos, fueron denunciados por presuntamente usar equipos electrónicos y mobiliario de la Fiscalía, para ejercer sus defensas en la audiencia de tutela de derechos.
La audiencia de defensa formó parte de las investigaciones contra Rafael Vela Barba y José Domingo Pérez, en el proceso que se inició tras las declaraciones de Jaime Villanueva, exasesor de la ex fiscal de la Nación, Patricia Benavides, que reveló que los fiscales habrían realizado coordinaciones irregulares con el periodista Gustavo Gorriti.
“Presento una denuncia penal contra Rafael Vela y José Domingo Pérez por la presunta comisión del delito contra la administración pública en la modalidad de peculado de uso, previsto y sancionado en el artículo 388 del Código Penal, en agravio del Estado", señala la acusación del abogado Miguel Caya.
En el documento se menciona que el funcionario que use con fines ajenos los vehículos, máquinas o cualquier otro instrumento de trabajo de la administración pública, “será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años”.
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