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Suprema anula 'suspensión exprés' y Patricia Benavides vuelve a Fiscalía: pedido de Delia Espinoza no tenía sustento mínimo, señala resolución

Sin embargo, ya no podrá ser titular del Ministerio Público porque venció el periodo para el cual fue elegida.

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Suprema anula 'suspensión exprés' y Patricia Benavides vuelve a Fiscalía: pedido de Delia Espinoza no tenía sustento mínimo, señala resolución.
Fecha Publicación: 01/08/2025 - 02:56
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Segismundo León, el juez provisional que impidió a Patricia Benavides volver a ser fiscal de la Nación, ni siquiera debió aceptar a trámite el pedido de suspensión. Así lo determinó la Corte Suprema, en un veredicto que quedará para la historia jurídica del Perú.

“Es patente que no está autorizada la promoción de la acción penal contra la investigada”, señala la N.º 240-2025/SUPREMA, emitida por la Sala Penal Permanente, presidida por César San Martín.

Esto sucede un día después de la audiencia de apelación, en la cual la fiscal adjunta Alejandra Cárdenas expuso los argumentos de su jefa, Delia Espinoza. Allí, intentó agregar información que incrimine a Patricia Benavides en procesos penales, cuando el tema a evaluar era otro.

León arbitrario

Este era sobre si se puede restringir derechos a un peruano que está siendo investigado en forma preliminar y sin control judicial. Esto siempre había sido rechazado, pero el juez León lo autorizó en la forma de suspensión.

“Improcedente el requerimiento de medida de suspensión preventiva de derechos en la modalidad de suspensión temporal en el ejercicio del cargo por el plazo de veinticuatro meses”, se indica.

Como ponente, San Martín precisó que una fiscal suprema tiene prerrogativa de acusación constitucional, conforme al artículo 99 de la Constitución Política. Es decir, para que pase de preliminar a preparatoria, se necesita de la autorización del Congreso de la República.

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Esto no existía cuando se dio la “suspensión exprés” (a menos de doce horas de realizada la audiencia, con resolución firmada y notificada por la madrugada) del 25 de junio.

“Solo si se emite resolución acusatoria de contenido penal cae el impedimento procesal”, añade la sala suprema, pero esto terminó siendo todo lo contrario.

En este punto, da la razón al argumento de Humberto Abanto, abogado de Patricia Benavides, contra el de Alejandra Cárdenas: cuando se declara improcedente una denuncia en la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, no es necesario que la siguiente instancia lo ratifique.

Se cita al artículo 89 del Reglamento del Parlamento, específicamente el literal ‘d’: “tal enunciado normativo se refiere al informe de calificación positivo de admisibilidad y procedencia”.

En junio, cuando la Junta Nacional de Justicia ordenó el regreso de Patricia Benavides al cargo del cual había sido apartada en forma arbitraria, aún le quedaban varios días en el periodo para el cual había sido elegida fiscal de la Nación.

Delia Espinoza se negó, atrincherándose, haciendo vigilia, quedándose a dormir en su despacho y mandando mensajes políticos.

“Como es público y notorio, en esa fecha no se ejecutó la reposición al cargo, pero también es cierto que la investigada no tiene resolución vigente emanada de la Junta Nacional de Justicia de imposición de una sanción disciplinaria, por lo que, en principio, su reingreso al Ministerio Público (...) es imperativa”, detalla la resolución suprema.

Denuncias

Contra Patricia Benavides existen varias denuncias e investigaciones, las cuales se basan en testimonios de un colaborador eficaz.

Se trata de su exasesor Jaime Villanueva, cuyos dichos habían involucrado a Gustavo Gorriti, Rosa María Palacios, Rafael Vela y José Pérez en aparentes delitos.

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