TC debe definir si Ley de Amnistía es constitucional, indica constitucionalista William Oblitas
Resolución del máximo intérprete de la Carta Magna también definirá si jueces que inaplicaron norma incurrieron en prevaricato.
En medio de los cuestionamientos hacia algunos jueces que decidieron inaplicar la norma de amnistía para exmilitares y expolicías que combatieron el terrorismo, bajo la figura del control difuso, el especialista en materia constitucional William Oblitas remarcó la importancia de que el Tribunal Constitucional (TC) determine si la ley en cuestión es o no constitucional.
En ese sentido, el abogado también consideró oportuna la demanda de inconstitucionalidad presentada por el defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, en contra de la ley de amnistía, para poder zanjar cualquier debate al respecto.
“Obviamente, la demanda de inconstitucionalidad que ha interpuesto el defensor del Pueblo es oportuna, es necesaria para zanjar el debate constitucional. Y para que, de una u otra manera, se reconozca, ante una institución que goza de la facultad de la prerrogativa que la Constitución le brinda, si este dispositivo es constitucional o no y en qué extremos deberían interpretar los jueces ordinarios”, indicó en diálogo con EXPRESO.
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Asimismo, Oblitas también subrayó que la resolución del TC será clave para determinar si el accionar de los jueces que se negaron a aplicar la ley de amnistía incurrió o no en el delito de prevaricato.
“Para decir que han cometido prevaricato, tendría que existir una ausencia de motivación absoluta por parte de estos magistrados. La situación actual les favorece aún, porque no hay un pronunciamiento final por parte del Tribunal Constitucional. Juegan con ese riesgo de que pueda o no ser considerado prevaricato”, dijo al respecto.
Desautorizado
Respecto a la posición de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que exigió al Estado peruano inaplicar leyes como la de amnistía por ir en detrimento de obtener justicia en casos de violaciones de derechos humanos, William Oblitas recordó que ya el Estado peruano se ha negado a acatar en ocasiones anteriores las recomendaciones brindadas por el organismo supranacional.
“El Estado peruano, tanto el Ejecutivo como el Legislativo, ha respondido a la Corte indicándole que no tiene competencia y, por lo tanto, ha desautorizado el ámbito ejecutivo de sus resoluciones. En pocas palabras, no han hecho caso a estos mandatos de la Corte y no han hecho caso fundándose en la razón de que, obviamente, no tendría competencia la Corte para ingresar en debates o cuestiones que aún se encuentran pasibles de ser resueltas en la justicia interna”, concluyó el especialista.
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