Formalizan denuncia penal contra Ricardo Morán y Latina TV por discriminación: todo sobre la vulneración a la ley
Por lo ocurrido en el programa ‘Yo Soy’.
El periodista, analista político y especialista en legislación televisiva C. Alfredo Vignolo G. del V. formalizó una denuncia penal contra Ricardo Morán y Latina TV por el programa ‘Yo Soy’, al haber violado flagrantemente el Código Penal, artículo 323. Así lo confirmó Expreso este martes.
El referido ahonda en la “Discriminación e incitación a la discriminación”, que señala literalmente, párrafo primero:
“El que, por sí o mediante terceros, realiza actos de distinción, exclusión, restricción o preferencia que anulan o menoscaban el reconocimiento, goce o ejercicio de cualquier derecho de una persona o grupo de personas reconocido en la ley, la Constitución o en los tratados de derechos humanos de los cuales el Perú es parte, basados en motivos raciales, religiosos, nacionalidad, edad, sexo, orientación sexual, identidad de género, idioma, identidad étnica o cultural, opinión, nivel socioeconómico, condición migratoria, discapacidad, condición de salud, factor genético, filiación, o cualquier otro motivo, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de tres años, o con prestación de servicios a la comunidad de sesenta a ciento veinte jornadas”.
En el programa ‘Yo Soy’ se presentó Percy Jesús Palacios Chonce imitando a Christian Meier, por lo que, ante la bienvenida del jurado (integrado por Ricardo Morán, Carlos Alcántara y Jely Reátegui), inició diciendo que “agradecía a Dios”.
“En primer lugar, agradecer a Dios”, dijo Percy Palacios, a lo que Morán interrumpió para decirle: “¿En primer lugar agradecer a Dios, eso es completo o cuál es el apellido?”.
Al respecto, el concursante precisó que “deseaba agradecer”, provocando la respuesta de Morán, quien dijo: “Ya, pero te pregunté tu nombre”, para luego recalcarle que “no eran amigos”.
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Tras los comentarios, los seguidores del programa expresaron su indignación en redes sociales, interpretando las palabras de Morán como una ofensa al participante y una burla religiosa.
Por ello, exigieron la expulsión de Morán y la suspensión del programa. Aunque no hubo una respuesta oficial por parte del canal.
Vignolo sostiene que “La Constitución Política del Perú reconoce el derecho a la igualdad y prohíbe la discriminación por motivos de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole”.
Agrega que: “La Ley N.° 27270 (Ley contra actos de discriminación, que incorpora al Código Penal sanciones para quienes discriminen) señala explícitamente en la Ley N.° 28867, que se centra en la modificación del artículo 323 del Código Penal, que tipifica el delito de discriminación. El objetivo principal es ampliar el espectro de situaciones consideradas como discriminación y fortalecer la lucha contra este delito, y precisa los actos de discriminación y establece sanciones para quienes incurran en ellos, incluyendo la incitación o promoción pública de actos discriminatorios”.
Finalmente, fundamenta: “La discriminación es el trato diferenciado o desigual que —sin justificación— se ejerce sobre una persona o grupo, ocasionando el menoscabo en el ejercicio o goce de sus derechos individuales o colectivos. Dicho trato no justificado se sustenta en motivos prohibidos por el ordenamiento jurídico. Para que se produzca un acto discriminatorio se deben configurar tres elementos: un trato diferenciado injustificado, que el trato diferenciado se base en un motivo prohibido —color de la piel, origen, etnia, sexo, idioma, religión, opinión, filiación política, discapacidad, enfermedad, orientación sexual, identidad de género, condición económica, social o de cualquier otra índole—”.
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