ÚLTIMA HORA
PUBLICIDAD

TC da patente de corso al terrorismo

Imagen
Fecha Publicación: 09/01/2023 - 00:00
Escucha esta nota

Lucas Ghersi, político de enorme enjundia y evidente valentía -recolectando firmas para oponerse a la convocatoria a una constituyente, desde ese mismo instante en que el régimen comunista de Castillo lanzó a sus huestes a calles y plazas a recaudar adherentes para su letal iniciativa de imponernos una nueva constitución-, pertenece a una generación que está viviendo uno de los tiempos más complejos y graves por los que atraviesa la nación. Por tanto es puntilloso porque quien se descuida, pierde. Nos referimos a este peligrosísimo escenario en que nos encontramos, donde cualquier cosa puede suceder porque el Perú ha sido sometido a un proceso de transformación forzada, impulsado por agrupaciones extranjeras manejadas desde Cuba a través del Foro de Sao Paulo. Ghersi es consciente de que el diablo está escondido en los detalles. Por ello su constante mirada prolija a las cosas. Una de ellas ha sido leer una irritante sentencia del Constitucional, que trae por tierra -convirtiendo en absolutamente estéril- a todo castigo que imponga la Justicia a quienes perpetren actos terroristas. Ghersi alerta que -con evidente nocturnidad- el TC ha emitido el fallo 5220-TI fechado el 1/12/22 “cuando todavía gobernaba Castillo”. Y justificadamente se pregunta si habría sido motivado por alguna componenda política bajo la mesa, como lo suele hacer el terrorismo detrás de su fachada política llamada movadef. Dicha sentencia emitida unánimemente –aunque sin firma del tribuno Augusto Ferrero Costa- determina que es “Inconstitucional prohibir a los terroristas que purgaron condena ejercer cargos públicos (inclusive la jefatura del Estado): y asimismo inconstitucional prohibirles que trabajen dentro del Estado, así como prohibirles que funden partidos políticos”. Da la impresión que esta sentencia lleva nombre propio: Antauro Humala. Por eso el recelo de Ghersi al preguntarse si acaso ha sido motivo de alguna transacción, entre el TC y el entonces régimen presidido por quien fue agorero sindical de sendero luminoso, en su rango de “profesor”.

Este escriba considera que el núcleo de dicha sentencia está viciado, debido a que acá las cárceles no son centros de rehabilitación sino escuelas del crimen. El terrorista que entra a purgar condena sale doctorado en terrorismo; como el asesino se gradúa de criminal en serie o el ratero en asaltante de alto vuelo. La cárcel peruana no garantiza la más mínima rehabilitación del reo, amable lector. En consecuencia, el fallo del TC al que se refiere Ghersi pudiese corresponder a países primermundistas. Pero de ninguna manera a naciones en estado semi salvaje, como cada vez más vemos -con estupor- ocurre con la nuestra. Ghersi califica de extremista a esta malhadada sentencia del Constitucional y declara, con absoluta justicia, que contiene una “posición peligrosa” al determinar que a los terroristas “no se les prohíba nada”. Vale decir, se les otorga la categoría de impunes para todo, en un país donde –hoy lo estamos comprobando- sendero luminoso no solamente es una fuerza terrorista financiada por el narcotráfico, la tala y minería legales, etc., sino que activamente participa en la política nacional a través del movadef. ¡Estamos advertidos!