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Un presidente en cautiverio o de la autoría mediata sin pruebas

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Fecha Publicación: 11/05/2023 - 22:10
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La CIDH concluye en su informe que hubo “ejecuciones extrajudiciales” y “masacres” durante las protestas contra Dina Boluarte. Este organismo ideologizado quiere dar a entender de manera malintencionada y tendenciosa que lo que habido en el Perú es un “terrorismo de Estado”.

Y los comunistoides de siempre, “la reserva moral del país”, invocan a los jueces probos y prístinos a ajusticiar a la presidenta, y si así no fuera, serán entonces los adalides de la justicia española o francesa quienes la perseguirán sin descanso hasta que se haga justicia.

El 7 de abril de 2009 la Corte Suprema condenó al presidente Alberto Fujimori como autor mediato de crímenes contra la humanidad. La sentencia se basó en la teoría de la autoría mediata por organización.
En 1990 el Perú era un país fallido, un Estado inviable. El presidente Fujimori controló la inflación y se inició un proceso de privatización para acabar con el déficit fiscal. Se inició un proceso de apertura comercial y a la par, se recuperó la disciplina fiscal, lo que permitió que la economía creciera.

Pero no solo nos afligía una inflación hipergalopante, el terrorismo y sus fauces sangraban al país. La justicia entonces era controlada por el terrorismo. Era Sendero Luminoso el que aplicaba “su Ley”, y el presidente Fujimori le dio el golpe mortal a la banda criminal más sanguinaria de la historia del Perú.

En 1996, el MRTA secuestró la residencia del embajador japonés en el Perú y Alberto Fujimori, una vez más, se comportó como un estadista y dio la señal de ataque. 27 años después los caviares se siguen jalando los pelos preguntándose si un acto puede estar lleno de heroísmo y ser criminal al mismo tiempo. ¡Mariconada pura! respecto de un tema que no admite discusión. Los comandos son hoy y para siempre, héroes de la patria.

En el caso del presidente Fujimori la sentencia fue por su condición de autor mediato. La teoría de la autoría mediata era inobjetable, está tipificada en el artículo 23 del Código Penal. El problema es que no había prueba.
La evidencia debe estar más allá de toda duda razonable. Esto significa que la acusación tiene que ser probada en la medida en que no podría haber ninguna “duda razonable” en la mente de una “persona razonable” sobre si el acusado es o no culpable.

Por eso la autoría mediata sin pruebas socaba gravemente el principio de autoridad. El precedente Fujimori es una muestra. ¿Qué mandatario va a querer enfrentar las algaradas y la delincuencia cuando sabe que una justicia ideologizada pende amenazante sobre su cabeza como una espada de Damocles?

Cada vez habrá más y más sicariato por encargo, más serenos asesinados, policías quemados vivos, mujeres incineradas en las calles, muertos inocentes y el Estado solo podrá defenderse con bastones y escudos de plástico. En este país de caviares y cojudos socialconfusos valen más los derechos humanos de los delincuentes que los de las fuerzas del orden y las personas de bien. Sino que le pregunten a los que quieren que Dina Boluarte vaya presa cuando termine su mandato.

Alberto Fujimori nos libró de una crisis económica deshumanizante. Nos liberó a millones de peruanos de la violencia genocida del terrorismo sanguinario y demencial de Sendero Luminoso. ¿Y qué ganó por todo eso? Una cadena perpetua. El presidente Fujimori se está muriendo en la cárcel, pero una cosa tiene que quedar MUY CLARA: Alberto Fujimori NO, NO es un delincuente, Alberto Fujimori es, y será, hasta el día de su libertad, un Presidente en cautiverio.

Por José Ignacio Carrión

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