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Xenofobia contra los derechos humanos

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Fecha Publicación: 23/11/2023 - 21:50
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Etimológicamente, xenofobia proviene del concepto griego compuesto por XENOS (extranjero) y PHOBOS (miedo). Semánticamente se trata de un término que hace referencia a la fobia, aversión o el miedo hacia personas extranjeras o de culturas diferentes. Se entiende como el rechazo u odio al extranjero o inmigrante, que puede manifestarse desde la simple actitud de impedimento a la persona para ejercer sus derechos básicos, pasando por diversas modalidades de agresiones, incluso en casos extremos en asesinatos y hasta genocidios.

Hay una tendencia anómala de las comunidades en diferentes partes del mundo a sentirse propietarios absolutos del lugar donde habitan y ello los induce a asumir actitudes arbitrarias y de abuso contra personas que por diversas circunstancias de la vida, se ven en la necesidad de migrar sea individualmente o en forma colectiva tropezando con serias dificultades para establecerse en su nuevo destino, precisamente por la actitud intolerante de quienes habitan en el lugar, sin sopesar en el principio elemental de que nadie es dueño absoluto del territorio donde habita, porque el género humano por su propia naturaleza, está antecedido por una historia familiar migratoria. Los Estados grandes y pequeños, ricos y pobres, se consolidaron precisamente gracias a la llegada de comunidades migrantes que aportaron con su trabajo, talento y sabiduría al desarrollo de su nuevo país de destino.

El Estado peruano fue construido con el aporte valioso de migraciones chinas, japonesas, europeas que se amalgamaron perfectamente con la sabiduría de nuestros pueblos originarios. Los Estados Unidos de Norteamérica concentra el aporte cultural de migraciones asiáticas, italianas, inglesas, irlandesas y el aporte invalorable de la descendencia afroamericana, no obstante haber llegado estos últimos en condición de esclavos.

Por consiguiente, no existe justificativo legal ni ético para avalar cualquier conducta xenófoba. En virtud a este antecedente, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y otras normas internacionales, consagran el Principio de Extraterritorialidad de dichos derechos, bajo el fundamento de que los mismos tienen validez y deben respetarse allá donde se encuentre un ser humano, independientemente de su nacionalidad, origen, raza, idioma o lugar de procedencia.

Empero no obstante lo expresado líneas arriba, en diferentes lugares advertimos con indignación un conjunto de conductas xenófobas contra grupos de migrantes, basados en falsos argumentos: Que los marcan como los responsables exclusivos de todos lo malo que está aconteciendo en el país, se les endosa la culpabilidad exclusiva de la criminalidad, como si nunca en ese país se hubiesen cometido delitos, también se les endilga el quitarle la fuente de trabajo a los nacionales.

Las autoridades directa o indirectamente promueven actitudes de rechazo al migrante como es el caso de la Policía que justifica su inoperancia en el esclarecimiento de varios casos, asignándole una nacionalidad determinada al delito. Por ejemplo, en la Alemania Nazi, los judíos eran culpables de todo y así justificaron el exterminio de más de 6 millones de víctimas. Hasta hace algunos años en Bolivia nuestros compatriotas peruanos que habían migrado masivamente a ese país, fueron víctimas de la xenofobia bajo la influencia policial que culpaba a los peruanos de todos los robos, asaltos y otros delitos violentos cometidos, provocando un rechazo de la ciudadanía. En Argentina aún continúan las conductas xenófobas, matizadas con racismo contra paraguayos, bolivianos y peruanos.
Preocupa que, en la actualidad, a consecuencia de la masiva migración de personas de nacionalidad venezolana al Perú, esté aconteciendo lo mismo. El día del partido de futbol entre las selecciones de Perú y Venezuela acá en Lima, la Policía dio cátedra de conducta xenófoba al efectuar control migratorio al ingreso al estadium.

No desconozco que entre esa ola migratoria llegaron delincuentes los que, si son sorprendidos en la comisión de delitos, debe activarse contra ellos el peso de la ley. Cabe enfatizar que el crimen no tiene nacionalidad exclusiva y cualquier investigación debe desarrollarse en el marco del respeto absoluto a los derechos de las personas, independientemente de su nacionalidad.

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