Humalistas y toledistas toman prensa de Palacio
Ayer lo revelamos. El entorno humaloide-toledano tomó el control del área de comunicaciones de Palacio de Gobierno. No solo ahora controlan las Dircom de los ministerios (a cambio de presuntas prebendas y acomodos de amigos y amigas en comunicaciones).
El cuestionado secretario general, el chakano Palomino y el patria-roja Luis Mendieta (“Rabietta”) echaron al paisano de Pedro Castillo, Jaime Idrogo, de la jefatura de comunicaciones de la Presidencia de la República. Ya les daremos los nombres de los nuevos favorecidos.
PAPELÓN
Los miembros de la Junta Nacional de Justicia hicieron ayer un papelón durante la sesión en la que debía verse el proceso disciplinario a la presidenta del Poder Judicial, Dra. Elvia Barrios, con la propuesta nada menos que de su destitución. Esto, por la contratación supuestamente ilegal de su exesposo como proveedor del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) en el año 2018. Ojo que la sesión tuvo que suspenderse.
INHIBICIÓN
¿Por qué? Porque al inicio de la misma, doña Elvia recién se enteró de la inhibición de la caviarona Imelda Tumialán Pinto, una de los siete integrantes de la Junta, quien en puridad se inhibió en febrero de 2021 para conocer el caso -al parecer injusto- del juez supremo Javier Arévalo, actual candidato a la presidencia de ese poder del Estado en competencia con el rojete Héctor Lama More.
GENIOS
La inhibición de Tumialán alcanza también al proceso disciplinario a Barrios porque a los genios de la Junta, hijos putativos del Lagarto moqueguano, se les ocurrió acumular en uno solo los casos de la presidenta del Poder Judicial, de Javier Arévalo Vela y del juez cesante Vicente Walde Jáuregui. Si bien todos se refieren a la contratación de familiares en el JNE, cada caso tiene sus propias particularidades.
A LA BREVEDAD
Barrios Alvarado aprovechó la ocasión -y con razón- para volver a pedir que cada caso sea visto de manera individual y a la brevedad posible, recordando que el 1 de diciembre se elegirá al próximo presidente del Poder Judicial, es decir de acá a tres semanas, plazo por cierto demasiado próximo como para estar haciendo cambios, a menos que haya consignas del más alto nivel para perjudicar o favorecer a fulano, mengano o a perencejo. Es así que luego de tanto bochorno el presidente de la Junta, Henry José Ávila Herrera, anunció que el Pleno determinará lo que corresponda y notificará a Barrios una nueva fecha para su presentación.
CLASE PARA BENJI
El juez supremo de investigación preparatoria Juan Carlos Checkley rechazó este lunes la tutela de derechos planteada por la defensa del presidente Pedro Castillo, recurso con el cual se pretendía que el Poder Judicial anule la denuncia constitucional presentada por la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, ante el Congreso de la República por ser presunto cabecilla de una organización criminal.
FUEROS FISCALES
El fallo del magistrado Checkley es una clase magistral en materia procesal y de competencias de los fueros político, judicial y fiscal, que es bueno recalcar. “No corresponde a los jueces del Poder Judicial, declarar la invalidez -nulidad- o la ineficacia -dejar sin efecto- de los actos o actuaciones unilaterales que constituyen la materialización del ejercicio de las atribuciones propias de la Fiscalía de la Nación, como lo constituye la formulación de una denuncia constitucional ante el Congreso de la República”, señala uno de sus párrafos.
REITERACIÓN
“Como las denuncias constitucionales no pueden ser impugnadas, anuladas o dejadas sin efecto por los jueces, por constituir acto unilateral resultante del ejercicio de las atribuciones de la Fiscalía de la Nación (Ministerio Público), no corresponde a este JSIP [Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria], en vía de tutela de derechos, ingresar al análisis del contenido de la denuncia constitucional cuya nulidad se pide (...)”, reitera.
FUEROS POLÍTICOS
“Tampoco le corresponde a los jueces ejercer las funciones y atribuciones del Congreso de la República frente a las denuncias constitucionales que reciban, ni impedir el ejercicio de dichas funciones y atribuciones, que le son exclusivas y excluyentes”, obvio que del Parlamento Nacional.
A LA SUBCOMISIÓN
“La evaluación de las denuncias constitucionales corresponde, por ser una atribución propia, al Congreso de la República. Así, de acuerdo al artículo 89 del Reglamento del Congreso de la República, las denuncias presentadas son derivadas a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales para su calificación, siendo dicha Subcomisión el órgano encargado de calificar la admisibilidad y procedencia de las denuncias constitucionales presentadas...”, agrega.
DE YAPA
“Tampoco proceder a analizar lo fundamentado sobre el control de convencionalidad y la propuesta de aplicación o interpretación de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción que propondría”.
NO HAY INDEFENSIÓN
“Lo anterior no significa que el señor Castillo Terrones quede en estado de indefensión alguna, sino que encontrándose la denuncia constitucional en sede parlamentaria, y siendo el Congreso de la República -a través de los órganos que lo conforman- al que corresponde evaluarla, sus argumentos de defensa tendrían que ser planteados ante los órganos responsables de dicha evaluación”.
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