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Se sacan los ojos en el Apra y expulsan a 11 mil militantes

Se discute impasse en el PAP.

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Se sacan los ojos en el Apra y expulsan a 11 mil militantes.
Fecha Publicación: 19/08/2025 - 20:00
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Había sido ejemplar, hasta ahora, la forma cómo el Apra resurgió con fuerza, en competencia de al menos seis precandidatos a la presidencia de la República donde resaltan las figuras de Jorge del Castillo y Carlita García.

Hasta que días atrás 7 dirigentes de la Comisión Política del PAP sacaron un acuerdo para que la elección de candidatos a la plancha presidencial y de senadores y diputados sea con “listas cerradas” y no “un aprista un voto”. Este último procedimiento da libertad total a la militancia para votar por los candidatos de su preferencia en cualquier lista.

El sábado pasado hubo un plenario a favor de “un aprista un voto”. Al cierre de esta edición se discutía este impasse en el PAP. También se supo que los partidarios de “listas cerradas” han eliminado a 11 mil militantes del padrón del partido. ¿Qué es esto?

Reserva y secreto

Uno de los aspectos poco resaltados del fallo del Tribunal Constitucional –que le da la razón al Ejecutivo en la contienda de competencia contra el Poder Judicial y el Ministerio Público en el tema de cómo debe manejarse las investigaciones a un mandatario más allá de lo establecido en el artículo 117 de la Constitución–, es que la Fiscalía de la Nación tiene que garantizar, bajo responsabilidad funcional, la reserva y el secreto de las investigaciones a su cargo. Garantizar de hecho y no de palabra.

La figura presidencial

Así de sencillo. Ojo, fiscalillos y fiscales que han filtrado, hasta el cansancio, por ejemplo, los documentos y audios del caso Cuellos Blancos y del mismo caso Odebrecht. En adelante, como ha sucedido desde antiguo, se tiene que respetar la institución de la Presidencia de la República, es decir la figura presidencial que representa a todos los peruanos, sea quien fuere.

Tumbapuertas

No se trata de que, frente a casos baladíes como el del “Rolex” o el de la nariz de Boluarte, algún fiscal, en conchabo con polizontes de baja ley, pueda romper y tumbar la puerta de la residencia o casa de los presidentes para allanarla, como si se estuviera ante la guarida de delincuentes comunes y corrientes como los “Los Pulpos” del norte.

Por qué no allanaron a ODB

¿Por qué no allanaron con el mismo ímpetu las casas de Jorge Barata y las oficinas de la empresa Odebrecht en el Perú? ¿Por qué no hicieron lo mismo con las residencias de los dueños de Graña y Montero, hoy Aenza, como José Graña Miró Quesada y otros tarugotes del Club de la Construcción?

Carhuanchescos

En adelante, como bien precisa el jurista Dino Carlos Caro Coria en sus redes, “el procesamiento penal contra el presidente (incluso si ha cesado en el cargo y han pasado los 5 años del antejuicio) debe estar a cargo de los fiscales y jueces supremos”, y no en manos de fiscalocos ni de magistrados carhuanchescos.

Aplausos al TC

Ya basta de hacer un uso pervertido y abusivo del Ministerio Público, violando todo tipo de reserva y haciendo tabla rasa del principio de presunción de inocencia, con el aplauso de la concentración mediática de la izquierda caviar. El Tribunal Constitucional ha puesto las cosas en su sitio. Aplausos.

Cuál impunidad

Sigamos. Finalizada la investigación preliminar, y si se imputan delitos distintos a los del artículo 117 de la Constitución, se suspende el procedimiento respecto del presidente hasta el fin del mandato. Por lo demás, ello no impide que el Congreso pueda vacar al presidente por incapacidad moral permanente, como señala otro artículo constitucional. ¿Dónde está la impunidad?

El antejuicio constitucional

Por eso es que el antejuicio constitucional contra un presidente en funciones solo cabe en los casos previstos en el artículo 117. Y ese antejuicio contra un expresidente procede por delitos de función, hasta 5 años después del cese en el cargo. En ambos procedimientos, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales y la Comisión Permanente del Congreso son competentes para tramitar, investigar y votar si acaso hay lugar a formar causa, resume Caro Coria.

Fiscal fecunda

Es más, tras la resolución acusatoria del Pleno del Congreso, se dará el levantamiento de la prerrogativa del antejuicio del presidente en ejercicio, y al final la Fiscalía de la Nación y la Corte Suprema asumirán competencia. De esa forma no habrá tanto relativismo jurídico en el manejo del enfermizo tema de la vacancia presidencial por quítame esta paja. No habrá fiscales como Delia Espinoza que reproduzcan día y noche carpetas fiscales y acusaciones constitucionales sin fin contra la Presidencia de la República.

Shakira festeja

“Tal como lo indiqué en aquella oportunidad en mi disposición fiscal, el TC señala que se debe salvaguardar la institución presidencial, al margen de la persona que, eventualmente, ejerza el cargo”, publicó Zoraida Ávalos en su cuenta de X. De esta manera, la exfiscal de la Nación aprovechó la reciente demanda competencial de Dina Boluarte para justificar su trato benévolo con Pedro Castillo y el “Lagarto” Vizcarra.

Aladino Dixit

Más didáctico fue Tomás Aladino Gálvez, recientemente repuesto como supremo, respecto a si un jefe de Estado comete delito en flagrancia. “Para ese caso está previsto justamente la vacancia. El Congreso puede abrir investigación de inmediato y disponer la vacancia por incapacidad moral, de tal forma que de todas maneras esto se puede controlar, un caso así flagrante”, explicó en RPP, como quien recuerda al profesor golpista.

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