Caso JNJ: Congreso no debe hacer caso a ningún amparo o cautelar
Magistrados de la JNJ presentaron demandas de amparo para no ser destituidos. García Belaunde, Ghersi, y Oblitas dicen que no procede.
Los siete magistrados que integran la Junta Nacional de Justicia (JNJ) continúan en su desesperada carrera por evitar que el Congreso vote el informe final que recomienda su destitución por una serie de infracciones graves cometidas en el cargo que ostentan.
Esta vez presentaron, por separado, una demanda de amparo contra el Parlamento ante la Tercera Sala Constitucional, cuyo objetivo es precisamente obstaculizar que continúe este procedimiento parlamentario.
Al respecto, los constitucionalistas Enrique Ghersi, Domingo García Belaunde y William Oblitas coincidieron en EXPRESO en que la medida legal interpuesta por los miembros de la JNJ también estaría acompañada de una solicitud de medida cautelar con el fin de que el informe final no se llegue ni siquiera a debatir en el Pleno.
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Sin embargo, los tres letrados señalaron que otorgarle ambas medidas a los magistrados de la JNJ sería incurrir en una irregularidad debido a que no se cumplen los requerimientos técnicos para hacerlo.
“Toda demanda de amparo tiene que admitirse a trámite, pero eso no significa que tengan razón, porque no la tienen. Lo que hay que hacer es alertar a la opinión pública para que la Sala no conceda una medida cautelar irregular, porque estaría violando las facultades exclusivas de fiscalización del Congreso de la República”, sostuvo Ghersi.
“Lo que ha hecho la Comisión de Justicia es simplemente aprobar un informe. Ese informe tiene que pasar al Congreso, y no es vinculante. El Congreso podría votar en contra; de hecho, se necesitan 87 votos para declararlo fundado. Entonces, al no haberse agotado la vía previa, la Sala no debe conceder una medida cautelar”, agregó, al tiempo de solicitar transparencia a la Sala.
Desesperados
El constitucionalista Domingo García Belaunde cuestionó que los integrantes de la JNJ presentaran una medida de amparo, recurso legal utilizado para defenderse cuando los derechos fundamentales se ven afectados o existen acciones ilegales de por medio.
No obstante, indicó que este no es el caso, por lo que calificó el accionar de los magistrados como una “llamada desesperada”.
“Eso es una llamada desesperada para quedarse en la JNJ a como dé lugar, lo cual me parece increíble. No entiendo cómo violando la Constitución, pueden invocar a la Constitución. Esa demanda de amparo es una salida desesperada que no debe lograr ningún objetivo”, manifestó.
“Si consiguen un amparo o medida cautelar, simplemente no hacerle caso, esto en base al artículo 93 de la Constitución que establece que los congresistas no responden ante nadie por sus votos y opiniones”, concluye el jurista.
Carece de asidero
Por su parte, el constitucionalista William Oblitas precisó que las demandas de amparo presentadas por integrantes la JNJ carecen de asidero en aspectos procesales y técnicos, por lo que no deberían proceder.
“En este caso, hay aún una instancia por satisfacer en la vía parlamentaria para poder recurrir al amparo. Puede que ellos (miembros de la Junta) aduzcan que supuestamente hay una afectación evidente a futuro.
Yo no veo esa afectación, al menos por ahora, porque las bancadas todavía no se han pronunciado con los votos, porque innegablemente son 87 votos los que se necesitan, es decir una votación calificada bien alta, y otro porque la votación no se va a llevar el día de mañana o pasado, sino en dos semanas”, apuntó el abogado.
Poco ortodoxas
Por otro lado, Oblitas cuestionó que los siete magistrados de la Junta hayan presentado las demandas de amparo de manera individual y no en conjunto.
“Innegablemente no podemos estar viendo siete demandas con la misma pretensión, donde lo único que cambia es el demandante, cuya parte procesal comparte con otros miembros. Lo más probable es que haya una acumulación”, explicó sobre el hecho.
Por Wilber Torres
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