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CIDH dice que el Congreso usa la vacancia de manera «reiterada y discrecional»

Entidad internacional de DD.HH. expresó su preocupación por inestabilidad política en el Perú.

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Pedro Castillo. Borja/EXPRESO.
Fecha Publicación: 25/03/2022 - 08:21
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La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sostuvo que la vacancia presidencial, bajo la figura de incapacidad moral permanente, carece de definición objetiva, y reafirmó su preocupación por el uso «reiterado y discrecional» de este procedimiento por parte del Congreso del Perú.

La CIDH indicó que la vacancia debe efectuarse conforme al debido proceso constitucional y fundarse en conductas señaladas con precisión que doten al procedimiento de objetividad, imparcialidad y garantías, a fin de asegurar que sea un recurso que no se use para afectar el orden democrático.

Recordó que el 14 de marzo de 2022, el Congreso decidió admitir a debate una nueva moción de vacancia por incapacidad moral permanente contra el presidente Pedro Castillo, que tiene el potencial de cesar sus funciones.

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Al respecto, la CIDH considera que la vacancia presidencial por incapacidad moral permanente carece de definición objetiva y la misma tampoco ha sido interpretada por el Tribunal Constitucional (TC) de Perú, lo cual puede afectar la separación e independencia de los poderes.

En este sentido, instó al Estado, una vez más, a que por medio de las autoridades competentes se avance con la definición, con el fin de restringir su uso arbitrario e inconsistente con el Estado de derecho.

Adicionalmente, la CIDH expresó preocupación por el uso reiterado de esta figura, pues la misma fue promovida 6 veces desde diciembre de 2017, contribuyendo a los problemas de gobernabilidad del Perú, país que ha tenido 5 presidentes y 3 parlamentos desde 2016.

Ante ello, la CIDH destacó «la imperiosa necesidad de delimitar la vacancia presidencial por incapacidad moral permanente, especialmente por el Tribunal Constitucional de Perú, a fin de evitar el uso discrecional de la figura».

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