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Comisión de Constitución y Reglamento aprueba establecer requisitos a ministros y viceministros

Con 9 votos a favor, 6 votos en contra y cero abstenciones.

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Fecha Publicación: 15/03/2022 - 13:29
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La Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República aprobó por insistencia, con 9 votos a favor, 6 votos en contra y cero abstenciones, el dictamen que establece procedimientos para nombrar ministros y viceministros de Estado, y atribuciones del Consejo de Ministros.

«Para ser nombrado ministro de Estado, además de lo señalado por el artículo 124 de la Constitución Política del Perú, el que ocupe el cargo no debe contar con sentencia condenatoria en primera instancia, en calidad de autor o cómplice, por delito doloso, tal como lo dispone el artículo 39-A de la Constitución Política del Perú, ni estar inhabilitado para ejercer cargo público», mencionaron.

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Además, de acuerdo con la presidenta de ese grupo de trabajo, Patricia Juárez Gallegos (FP), el dictamen mantiene la incorporación de los artículos 15-A y 26-A la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en donde se determina que la «resolución suprema de nombramiento incluye como anexo la declaración jurada del nombrado».

Esta, debe «consignar con detalle que cumple con los requisitos para ser ministro, así como todas las investigaciones fiscales, los procesos judiciales y procedimientos administrativos en los cuales está o estuvo incurso en calidad de imputado o cómplice, el estado en que se encuentre dichos procesos y procedimientos, así como la decisión de las sentencias o resoluciones administrativas, si el proceso hubiera concluido», agregaron.

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