Comisión de Salud aprueba dictamen de la Ley Nacional del Cáncer
El texto establece que la Ley es aplicable a nivel nacional, a todas las instituciones o empresas públicas, privadas o mixtas que tengan por objeto la prestación de servicios de salud oncológica, en el marco del aseguramiento universal en salud.
La comisión de ‘Salud y Población’ aprobó por amplia mayoría el texto sustitutorio del pre dictamen de la Ley Nacional del Cáncer, la cual tiene por objeto garantizar la cobertura universal, gratuita y prioritaria de los servicios de salud para todos los pacientes oncológicos indistintamente al tipo de cáncer.
Asimismo, el texto establece que la Ley es aplicable a nivel nacional, a todas las instituciones o empresas públicas, privadas o mixtas que tengan por objeto la prestación de servicios de salud oncológica, en el marco del aseguramiento universal en salud.
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Por otro lado, el estado debe asegurar el acceso y la cobertura oncológica integral que incluye la presentación de servicios de promoción, prevención, control y atención oncológica en cualquiera de sus manifestaciones, formas o denominaciones a fin de garantizar el tratamiento de calidad de las personas diagnosticadas.
“Tenemos la gran responsabilidad de construir una herramienta que realmente nos ayude y ayude a los pacientes, pues se trata de una enfermedad contra la que debemos luchar. Debemos plantear una norma y un plan que sean efectivos, aplicables, ejecutables, que cuenten con presupuesto y obviamente que den resultados”, expresó el congresista Absalón Montoya.
La propuesta autoriza al INEN a implementar y actualizar un registro nacional de pacientes con cáncer, basado en la información de registros poblacionales y hospitalarios a nivel nacional para una adecuada vigilancia epidemiológica de los pacientes. También autoriza al Instituto a crear una red oncológica nacional, que además estará integrada por los IREN (Norte, Centro y Sur), y diversos centros oncológicos a nivel nacional, a fin de promover implementación centros especializados de atención oncológica integral.
Finalmente, el texto sustitutorio expresa que la implementación de lo establecido en la presente Ley, se financiará con cargo a las diferentes instituciones administradoras de fondos de aseguramiento en salud (IAFAS), sean públicas o privadas.
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