«La Mesa Directiva ha acordado -por mayoría- rechazar de plano la cuestión de confianza planteada por el presidente del Consejo de Ministros por tratarse de materias prohibidas para el planteamiento de una cuestión de confianza», indicó el presidente del Congreso, José Williams.
«El planteamiento de esta pretendida “cuestión de confianza" constituye una evidente vulneración de las competencias exclusivas y excluyentes del Congreso, así como una grave amenaza contra el principio de la separación y equilibrio de poderes —que es cláusula de intangibilidad de la Constitución— y un condicionamiento para la decisión del Congreso, corresponde a la Mesa Directiva proceder conforme a la noma de orden público contenida en el literal d) del artículo 86 del Reglamento del Congreso, debidamente concordado con los artículos 132 y 133 de la Constitución Política del Estado», precisaron.
Posteriormente la Mesa Directiva exhortó al Consejo de Ministros a respetar escrupulosamente los parámetros para las presentaciones de cuestión de confianza.
¿Qué procede?
La Constitución Política establece que, si el Poder Legislativo rechaza una cuestión de confianza, el jefe de Estado debe recomponer su gabinete de ministros y, si esto se repite en una segunda ocasión, queda habilitado para disolver el Congreso y convocar de inmediato a nuevas elecciones legislativas.