Contraloría: JNE no implementó mecanismos para verificar firmas ni afiliaciones falsas
Ante avalancha de denuncias de afiliaciones partidiarias sin consentimiento.
La Contraloría General de la República advirtió que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) no implementó mecanismos eficaces para fiscalizar la veracidad de los padrones de afiliados que presentan los personeros legales de las organizaciones políticas.
El hallazgo se hizo público mediante el Informe de Control N.° 005-2025-OCI/0280-SOO, emitido el 16 de abril.
El órgano de control detectó que la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP) del JNE no aplica actividades que permitan verificar la autenticidad de la documentación entregada, lo cual deja abierta la posibilidad de afiliaciones indebidas sin que se determine responsabilidad sobre los firmantes.
“La entidad electoral no cuenta con herramientas claras para identificar si un personero incurre en falsedad documental”, subrayó el informe.
Durante el inspección los días 14 y 15 de abril, la Contraloría verificó casos de ciudadanos que solicitaron su desafiliación tras advertir que aparecían inscritos en agrupaciones políticas sin su consentimiento. Los casos identificados abarcan a nueve organizaciones políticas a escala nacional.
Si bien el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) participa en el cotejo de firmas mediante un convenio con el JNE, este procedimiento no equivale a un dictamen pericial grafotécnico.
El Reniec valida una firma solo si presenta “características gráficas relevantes” similares a las registradas previamente en su base de datos, pero no certifica su autenticidad con rigor pericial.
Además, la Contraloría criticó la ausencia de una normativa que regule con precisión la fiscalización de padrones ni la sanción ante eventuales irregularidades.
En setiembre de 2024, un informe anterior ya había revelado omisiones en la atención de desafiliaciones indebidas, lo que compromete la transparencia del sistema electoral.
Finalmente, la Contraloría comunicó sus observaciones al titular del JNE, quien tiene un plazo máximo de cinco días hábiles para responder al órgano de control institucional con las acciones que adoptará en el marco de sus funciones.
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