Disolución responde a interés nacional: Ramos
Indica que no se ha presentado alguna lesión a la Constitución y agrega que el Congreso cometió errores.
El Tribunal Constitucional (TC) publicó la ponencia elaborada por el magistrado Carlos Ramos Núñez en la que plantea declarar infundada la demanda competencial formulada por el presidente de la Comisión Permanente, Pedro Olaechea, que busca dejar sin efecto la disolución del Congreso.
En su punto 183, el documento indica que el proyecto de ley planteado por el Ejecutivo para cambiar la forma de elección del TC no es inconstitucional debido a que es de “interés nacional”.
“Este tribunal considera que la presentación de un proyecto de ley relacionado con la reforma a la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, específicamente en lo relacionado al procedimiento para la selección de sus magistrados, se encuentra dentro del ámbito de las competencias del Poder Ejecutivo, por tratarse de un asunto de un marcado interés nacional. No se ha presentado, así, alguna lesión de la Constitución en este extremo de la demanda”, indica Ramos.
Añade que el Congreso no cumplió con todos los extremos requeridos debido a que no suspendió el debate para la elección de miembros del TC.
“El tribunal nota que, pese a la votación formalmente favorable al pedido de cuestión de confianza planteado, lo cierto es que materialmente no se cumplió con uno de los extremos solicitados. No se trató, ciertamente, de un accionar expreso materializado en un acto de votación en la sesión del pleno del Congreso, pero sí de una forma manifiesta de no aceptar lo solicitado. De hecho, en la sesión del 30 de septiembre de 2019, el presidente del Consejo de Ministros precisó que se entendería denegada la confianza si es que se continuaba con la selección pese a los reiterados pedidos de suspender dicho acto. El Congreso de la República, en consecuencia, actuó con claro conocimiento de los términos de la solicitud planteada. De esta forma, este Tribunal concluye que el Poder Ejecutivo no ha obrado de una forma contraria a la Constitución en el presente caso”,
explica.
En uno de los capítulos de la ponencia Ramos indica que “el Presidente de la República, al entender como denegada la confianza, dispuso su disolución a través de un mensaje a la nación”.
Esta posición se repite en el punto 136, del capítulo 4.3, sección B, en donde se lee que “en un afán de evitar asumir su respectiva responsabilidad política, el Congreso de la República pueda, al menos formalmente, votar a favor de la confianza pese a que, en los hechos, no adopte ninguna medida que materialice dicha manifestación de voluntad”.
El mandatario decidió disolver el Congreso de la República el pasado 30 de septiembre, quedando en su lugar la Comisión Permanente.
RESPALDA AUDIENCIA PÚBLICA
El expresidente del Tribunal Constitucional, Carlos Mesía, destacó, a través de su cuenta personal de Twitter, que la propuesta de la titular de esta institución, Marianella Ledesma, de permitir que el debate referido a la demanda competencial sea de forma pública.
“Que así sea para que la historia juzgue quiénes estuvieron con la democracia y los principios; y quiénes con el poder y contra la Constitución”, escribió.
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