¿Es legal que se haya aprobado en primera instancia el matrimonio de Susel Paredes?
Abogados constitucionalistas Víctor García Toma y Aníbal Quiroga conversaron con este diario al respecto.
El reconocimiento del matrimonio civil homosexual por el Poder Judicial -en primera instancia- entre la funcionaria pública Susel Paredes y su esposa Gracia María Aljovin trajo consigo opiniones a favor y en contra acerca de la legalidad de esta decisión. Así, para depejar dudas, los abogados constitucionalistas Víctor García Toma y Aníbal Quiroga conversaron con EXPRESO al respecto.
El constitucionalista García Toma señaló que el fallo a favor del matrimonio civil de Paredes, contraído en Miami en agosto del 2016, es un error de óptica jurídica del juez. "En el estado peruano no se puede registrar actos asemejados al extranjero. De acuerdo a su legislación es considerado legal, pero, de acuerdo con la nuestra, se considera ilegal o antijurídico", manifestó.
En esa misma línea, consideró que las nupcias de la gerenta de Fiscalización de la Municipalidad de La Victoria van en contra la Constitución, que en los artículos 4 y 6 establece claramente que tanto el matrimonio y la uniones de hecho son instituciones conformadas por un varón y una mujer. "En consecuencia, en tanto no se modifique la Constitución, no es admisible registrar actos que no guardan coherencia con ella", aseveró el jurista.
Agregó que esta medida es contraria al Código Civil, que también postula que el matrimonio es un contrato que compromete a un varón y una mujer. "En tanto no se modifiquen (la Constitución y el Código Civil), no es posible registrar un acto que, si bien puede ser legal en Miami, no lo es en el Perú", aseveró.
Finalmente, García Toma consideró que cuando "el Reniec se opone a registrar ese matrimonio, lo que hace es respetar la Constitución y la ley".
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Por otro lado, el constitucionalista Aníbal Quiroga sostuvo que "no es una aberración jurídica" que un juez haya aprobado -en primera instancia- un matrimonio homosexual inscrito en otro país, porque, recalcó, "el juez solo está haciendo una interpretación de la Constitución".
Por tanto, Quiroga resaltó que esta medida no va en contra de la Carta Magna; no obstante, indicó que esta sentencia solo se aplica para el caso específico de Susel Paredes y no tiene un efecto general.
Por Luigui Torres
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