JEE Lima Centro determina que Rafael López Aliaga infringió neutralidad electoral: lo que se viene
Conducta será evaluada por el Ministerio Público, Contraloría y el Concejo Municipal.
El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 resolvió que el alcalde metropolitano Rafael López Aliaga infringió el principio de neutralidad electoral. El órgano electoral concluyó que compartió publicaciones en sus redes sociales que favorecen o perjudican a organizaciones políticas durante el actual proceso electoral.
Agregó que, López Aliaga, en su calidad de funcionario público, incurrió en una infracción tipificada en el artículo 32 del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad, aprobado por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). La norma establece claramente la prohibición de llevar actos que interfieran en la competencia electoral.
El Pleno del JEE argumentó que las publicaciones del alcalde representan actos de parcialidad, al estar alineadas con intereses partidarios, lo cual vulnera el deber de neutralidad que deben respetar los funcionarios públicos en procesos electorales, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Elecciones.
Disposición del JEE
Si Rafael López Aliaga decide no impugnar la resolución del JEE, esta quedará consentida. Como parte de la resolución se dispuso automáticamente el envío del expediente al Ministerio Público, la Contraloría General de la República y el Concejo Municipal de Lima, para que estas instituciones evalúen y actúen según sus competencias.
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Además, el Jurado instó formalmente a Rafael López Aliaga a abstenerse de cualquier intervención que pueda influir en el desarrollo del proceso electoral. Se le recuerda la obligación de mantener estricta neutralidad para garantizar una contienda electoral justa, imparcial y competitiva. De volver a cometer las mismas infracciones, el JEE está facultado a imponerle una multa que oscila entre 30 a 100 UIT (160,500 y 515 mil soles).
Esta decisión se enmarca en los esfuerzos del sistema electoral por asegurar que las autoridades en ejercicio no interfieran ni directa ni indirectamente en las decisiones del electorado, y que los recursos públicos no se usen con fines políticos.
Hasta el momento, ni el alcalde ni sus voceros han emitido un pronunciamiento oficial sobre la resolución del JEE. Se espera que en los próximos días se conozca si presentarán algún recurso ante el Jurado Nacional de Elecciones.
¿A qué infracciones se refiere?
Una de ellas se refiere que, en la cuenta oficial de Facebook de Rafael López Aliaga, con material de la MML, agregó el nombre del alcalde pintado de celeste, color que representa a su partido Renovación Popular. También habría compartido un material audiovisual en la misma red en donde figura el logo de Renovación Popular con un aspa marcado. Según el JEE, “es un acto claro de favorecimiento a la aludida organización política”.
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