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Martín Vizcarra dio un golpe de Estado, confirma presidenta del TC, Luz Pacheco

Máxima autoridad del Tribunal Constitucional ahonda en inconstitucional cierre del Congreso de 2019.

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Martín Vizcarra dio un golpe de Estado, confirma presidenta del TC, Luz Pacheco.
Fecha Publicación: 06/09/2024 - 02:34
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La nueva presidenta del Tribunal Constitucional (TC), Luz Pacheco, admitió que la acción de disolver el Congreso, cometida por Martín Vizcarra en 2019, significó el quebrantamiento del orden constitucional, es decir, un golpe de Estado.

En una reciente entrevista con un programa televisivo, la magistrada se refirió a lo acontecido durante el gobierno del 'Lagarto', exactamente el 30 de septiembre de 2019, cuando se puso fin al mandato de los congresistas y se cerró temporalmente el orden legislativo.

"(¿Fue un golpe de Estado?) Sí, fue un quiebre de orden constitucional. No existe la denegación fáctica de la confianza, tiene que ser expresa, y eso ha quedado absolutamente delimitado", sostuvo.

Tras esta primera respuesta, se le cuestionó por el punto de vista de los magistrados que prefirieron no ahondar en el tema, dejando en el limbo la ocurrencia del golpe de Estado que ahora, por fin, se admite.

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"No sé cómo se pronunciarían. Yo considero que fue lamentable para el país, pero a Dios gracias que ya se pudo corregir esa situación", concluyó.

Como se recuerda, Martín Vizcarra disolvió el Congreso, pese a que formalmente sólo se le había negado una vez la confianza al Consejo de Ministros de su Gobierno, siendo su nuevo pedido interpretado por él como una “denegación fáctica” de la confianza.

Esta postura golpista fue refutada a través de la presentación de una demanda competencial ante el TC, por el entonces presidente de la Comisión Permanente, Pedro Olaechea.

Recién en 2020, los miembros del Tribunal Constitucional resolvieron que el cierre del Parlamento dispuesto por Martín Vizcarra fue constitucional, pero debía ser una medida irrepetible. Esta decisión tiene carácter de cosa juzgada, por lo que no tiene eficacia retroactiva. Es decir, una nueva decisión del TC no puede alterar la anterior.

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