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Óscar Urviola: «Digna Calle podría ser inhabilitada por el Congreso»

Expresidente del TC afirma que legisladora de Podemos incurre en varias faltas. Advierte, además, que sería contraproducente declarar vacancia de Dina Boluarte por salir del país.

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Óscar Urviola facturó $40,000 con jugoso cobro a Rutas de Lima, revela Beto Ortiz.
Fecha Publicación: 08/08/2023 - 21:50
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Usted señaló que no era inconstitucional que la presidenta Dina Boluarte salga del país, a partir de la ley de desarrollo constitucional que ha dado el Congreso.

Efectivamente, no es inconstitucional. No se ha modificado ningún artículo de la Constitución, sino que se ha hecho un desarrollo constitucional. El artículo 118 de la Constitución faculta a la presidenta a representar al país en el extranjero, cosa que no la podía hacer por una situación de hecho que no está prevista en la Constitución. Esta situación de menoscabo para que el Perú pueda desarrollar una política internacional adecuada se puede solucionar de la forma en que se ha previsto en esta ley de desarrollo constitucional.

Los principales críticos señalan que Boluarte podría participar en eventos internacionales, vía virtual, desde el Perú, pero el contacto físico y la presencia de la mandataria es importante.

No hay esa distinción, es una interpretación bastante extensiva. Nadie dice que el despacho virtual tiene que ser solamente dentro del territorio nacional. No tendría sentido.

Otros dicen que podría ser vacada por el Congreso, pero ¿cómo podría vacarla el Parlamento si ese mismo poder del Estado aprobó que ella pueda viajar y despachar remotamente?

Si el Congreso le está dando autorización para salir, sería contraproducente que la tengan que vacar. Eso solo se les ocurre a personas que quieren buscar cinco pies al gato. Me parece totalmente inadecuada esa interpretación.

¿En qué situación se encuentra la congresista Digna Calle, quien viene pidiendo licencia tras licencia?

Ella tiene la obligación de estar presente en el país para ejercer todas las funciones y responsabilidades que le imponen en el Reglamento del Congreso. Ella tiene que estar aquí para cumplir con la semana de representación y eso no lo puede hacer desde el extranjero. Entonces, ella ya está incurriendo en varias faltas.

¿Hay asidero en la denuncia constitucional que presentó la parlamentaria Kelly Portalatino contra Calle por abandono del cargo?

Es probable, pero eso lo tiene que evaluar el Congreso y podría dar lugar al incumplimiento de una obligación constitucional, que es la de representar.

¿Se tiene que permitir la renuncia de un congresista?

En este momento, no se puede, porque el artículo 95 de la Constitución lo prohíbe, pero más tarde habría que pensar en una reforma constitucional y contemplar la renuncia para que el accesitario puede asumir el cargo.

¿Usted está a favor, entonces, de que un legislador pueda renunciar y asuma el accesitario?

En la medida en que se contemple una reforma constitucional, pero en este momento no es posible.

¿Cómo solucionamos, entonces, el caso de la parlamentaria Digna Calle?

En este momento, la máxima sanción que se le puede dar es 120 días sin goce de haber, sin embargo, podría haber una acusación constitucional para inhabilitarla.

¿Usted sí cree que debería ser inhabilitada?

Podría ser inhabilitada por el incumplimiento de sus funcionales congresales, pero eso lo tiene que interpretar justamente el Congreso de la República, observando el procedimiento que establece el reglamento.

Pasando a otro tema, usted escribió una columna advirtiendo los peligros sobre la posibilidad de que la Municipalidad de Lima quiebre unilateralmente el contrato con Rutas de Lima.

Así es, la Constitución de 1993 consagra la libertad de contratar y la seguridad de que es ley entre las partes los acuerdos o contratos. Eso está consagrado en el artículo 62 de la Constitución. Adicionalmente, hay que tener en cuenta que está de por medio la inversión extranjera a la que el artículo 63 le da las garantías del caso. Entonces, cualquier incumplimiento de acuerdos o contratos de una manera unilateral, desobedeciendo resoluciones o laudos de tribunales arbitrales, es muy grave.

Por Aaron Salomón 

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