Presidente Castillo comete nueva infracción constitucional
Toma juramento a nuevo ministro de Justicia sin que se haya publicado en El Peruano la resolución de su designación.
Por C. Alfredo Vignolo G. del V.
Un inusual tuit publicado por la Presidencia de la República nos sorprendió a las 8:14 a.m.: "El presidente Pedro Castillo tomará juramento al nuevo titular del MinjusDH_Peru. La ceremonia se realizará en la sala Cáceres de Palacio de Gobierno, a las 8:15 a.m.", un minuto después del anuncio.
Sin embargo, para que la juramentación del nuevo ministro de Justicia y Derechos Humanos, Félix Chero Medina, proceda y tenga efecto tiene que haberse publicado en las Normas Legales del diario oficial El Peruano la resolución suprema (antes que jure), ya sea en la edición normal o a través de una edición extraordinaria de cese del anterior ministro y el nombramiento del nuevo.
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Desde el punto de vista constitucional y jurídico, tiene necesariamente que llevar la firma del presidente Castillo y del titular del Consejo de Ministros, Aníbal Torres. Al no haberse publicado esto y haber tomado juramento al ministro, Castillo ha cometido nuevamente una infracción constitucional.
La Ley de leyes contempla en el Artículo 51, que "La Constitución prevalece sobre toda norma legal; la ley, sobre las normas de inferior jerarquía, y así sucesivamente. La publicidad es esencial para la vigencia de toda norma del Estado" y lo preceptuado en el Artículo 118, que "Corresponde al Presidente de la República:", inciso 1 "Cumplir y hacer cumplir la Constitución y los tratados, leyes y demás disposiciones legales", inciso 8, "Ejercer la potestad de reglamentar las leyes sin transgredirlas ni desnaturalizarlas; y, dentro de tales límites, dictar decretos y resoluciones".
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