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Rosselli Amuruz: las razones de su denuncia constitucional contra Digna Calle

También pide su inhabilitación por 10 años.

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Rosselli Amuruz: las razones de su denuncia constitucional contra Digna Calle.
Fecha Publicación: 03/08/2023 - 08:59
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La tercera vicepresidenta del Congreso, Rosselli Amuruz, presentó una denuncia constitucional contra la parlamentaria Digna Calle por abandonar su cargo mientras está de viaje en Estados Unidos con su familia.

Además, pidió que la congresista de Podemos Perú sea inhabilitada por diez años de cargos públicos por no cumplir con sus deberes como el resto de los legisladores.

"Por infracción a la Constitución y delitos de abandono del cargo por funcionario público y abuso de autoridad condicionando ilegalmente la entrega de bienes y servicios durante el ejercicio de sus funciones en el delito de abandono de cargo por funcionario público y otros", indica el documento presentado ante la Mesa Directiva.

Esta denuncia será derivada a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC), la cual aún no tiene un presidente definido. Sin embargo, fuentes parlamentarias informaron que la titularidad de la SAC continuará siendo manejada por la bancada de Alianza para el Progreso (APP).

MÁS INFORMACIÓN: Mesa Directiva obliga a regresar a Digna Calle: niegan licencia de 60 días más de congresista que radica en EE.UU.

De igual manera, la legisladora Kelly Portalatino interpuso una denuncia constitucional contra Calle, pero en este caso se solicitó su inhabilitación por tres años.

"El día de hoy estoy emitiendo una denuncia constitucional por la infracción del artículo 92 de la misma Constitución Política, que todo congresista tiene que trabajar hasta por 24 horas para poder trasladar esas necesidades tras las fechas", puntualizó Portalatino.

Estas denuncian se presentaron a raíz de que la congresista Digna Calle solicitara 60 días más de licencia personal, pese a que ya lleva 6 meses fuera del Perú, incumpliendo así, el artículo 380 del Código Penal.

"El funcionario o servidor público que, con daño del servicio, abandona su cargo sin haber cesado legalmente en el desempeño del mismo, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años", señala el artículo.

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