Supeditar extinción de dominio no tiene sentido, indica penalista Luis Lamas Puccio
Señala que solución a algunos abusos en utilización de esta figura legal pasa por establecer precisiones en la misma.
Para el especialista en materia penal, Luis Lamas Puccio, no tendría sentido aprobar la propuesta en el Congreso de la República que plantea que la aplicación de la extinción de dominio, la cual permite al Estado recuperar bienes e inmuebles de origen ilícito, esté sujeta solo a casos que cuenten con una sentencia penal consentida.
En ese sentido, el abogado criticó el texto sustitutorio que modifica el Decreto Legislativo 1373, norma que regula la extinción de dominio en el país, aprobado en primera votación en el pleno del Poder Legislativo.
“En el Perú los juicios duran 10, 15 años. ¿Vas a esperar 10 años recién para poder atacar a la fuente económica? En realidad, acá lo que se requiere es una acción más rápida, inmediata. Supeditar (la extinción de dominio) a una sentencia condenatoria no sería una acción efectiva por parte del Estado”, comentó en diálogo con EXPRESO.
Existen abusos
No obstante, Lamas Puccio reconoció la existencia de casos en los que la Fiscalía y el Poder Judicial han abusado en la aplicación de este mecanismo legal.
“Existe un marco legal excesivamente garantista que le da prerrogativas a la Fiscalía para poder plantear estas demandas de extinción de dominio, y en muchos casos los emplazados no tienen medios formales para poder demostrar la licitud de los orígenes del bien. En un país donde hay tanta informalidad, esto se ha prestado a muchas malas interpretaciones”, explicó.
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Sin embargo, para el letrado, la solución a esta problemática pasa por establecer, en la norma que se encuentra vigente, una serie de precisiones que permitan acabar con el abuso de esta herramienta legal.
“Habría que establecer mayores precisiones en cuanto a las exigencias para plantear la demanda, para evitar abusos que también se suscitan por parte del Ministerio Público y el Poder Judicial”, sentenció el especialista en materia penal.
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