Entidad tributaria deberá esperar a que el Tribunal Fiscal (TF) del Ministerio de Economía o el Poder Judicial determinen si las deudas impuestas a las empresas son correctas.
Durante la exposición de su ponencia, Ernesto Blume sostuvo que el Ejecutivo, a través de facultades delegadas, no puede legislar sobre materia tributaria, a la vez que cuestionó la retroactividad de la disposición.
Abogados consideran que dicho decreto, al no respetar la irretroactividad, vulnera el Estado de Derecho y principios constitucionales. En tanto, la Sunat alertó que, de declararse su inconstitucionalidad, no podría cobrar deudas tributarias a grandes empresas.