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29 y 30 de agosto: ¿Cuánto deben pagarle si trabaja en próximos días feriados?

Conozca todos los beneficios que se cumplen tanto para la actividad privada como pública.

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Fecha Publicación: 24/08/2022 - 02:52
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El próximo 29 y 30 de agosto todos los peruanos tienen días no laborables y feriados, por ello, de trabajar en esas fechas cuenta con ciertos beneficios. En esta nota, conozca todo lo que el Gobierno reconoce para los trabajadores.

Como se tiene conocimiento, los días mencionados corresponden a la celebración del día de conmemoración a Santa Rosa de Lima. Por esta razón, entre los primeros beneficios se encuentra un pago adicional.

Esto está amparado en la Cámara de Comercio de Lima (CCL), en el cual, con el Decreto Legislativo 713, se indica que es una fecha de descanso obligatorio remunerado. Esto se cumple tanto para la actividad privada como pública.

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Por ello, de no cumplir con esta disposición, se deben recibir los siguientes pagos: primero, una remuneración correspondiente al feriado; un pago extra por la labor del día; y finalmente, un monto adicional, que es un agregado del 100 % al pago normal diario.

Además del 29 de agosto, el Gobierno estableció otros feriados como el viernes 7 de octubre, el lunes 31 de octubre, el lunes 26 de diciembre y el viernes 30 de diciembre.

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