Ciudadanos con antecedentes no podrán usar lunas polarizadas
Impedimento integra al menos seis tipos de delitos.
El Ministerio del Interior (Mininter) publicó las disposiciones y requisitos para la autorización de uso total o parcial de lunas y vidrios oscurecidos o polarizados en vehículos de transporte terrestre.
El Decreto Supremo Nº004-2019-IN precisa que la autorización para el uso de vidrios oscurecidos o polarizados corresponde a las lunas y vidrios laterales, y es emitida por el Mininter, a través de la Policía Nacional.
De igual manera, la norma refiere que la autorización es de vigencia indeterminada. En caso de que el vehículo cambie de propietario, se debe solicitar un nuevo permiso.
Los dueños de los vehículos interesados en instalar lunas polarizadas deberán presentar una declaración jurada que consigne fecha y número de recibo de pago por derecho de trámite, Documento Nacional de Identidad o Carné de Extranjería.
De otro lado, estarán impedidos de acceder a este permiso las personas que tengan antecedentes policiales, penales y judiciales, denuncias por accidentes de tránsito, contra el patrimonio, terrorismo, tráfico ilícito de drogas, contra la libertad y contra la seguridad pública.
La norma está firmada por el Presidente de la República, Martín Vizcarra, y los ministros del Interior, Carlos Morán; y de Transportes y Comunicaciones, Edmer Trujillo.
PERITAJE
Para la obtención de la mencionada autorización, los vehículos pasarán por la sección de peritaje de la Dirección de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial de la PNP o a sus sedes desconcentradas a escala nacional para el respectivo peritaje de identificación vehicular y de constatación de transparencia lumínica.
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