Izamientos de banderas en viviendas: ¿en qué distritos es obligatorio y existe orden de multa?
Conozca todos los detalles.
Julio comenzó con una disposición clave: varios municipios de Lima ordenaron el izamiento de la bandera nacional en viviendas, comercios e instituciones. Esta medida responde a la conmemoración de las Fiestas Patrias y busca reforzar el civismo entre los peruanos.
El izamiento de la bandera en casas no es solo un acto simbólico, sino una obligación establecida por normas municipales. Así lo confirman los decretos de alcaldía publicados el 2 de julio en El Peruano, donde se detallan las reglas en distritos como La Molina, San Isidro y El Agustino.
Según estas disposiciones, el embanderamiento debe mantenerse durante todo julio. Además, se exhorta a los vecinos a limpiar y pintar las fachadas de sus viviendas para reflejar el espíritu patriótico y cívico del mes de la independencia.
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El Decreto de Alcaldía N.º 003-2025/MDLM, por ejemplo, establece claramente: “Disponer el Embanderamiento General de las Viviendas, instituciones públicas y privadas y locales comerciales del distrito de La Molina, durante el mes de julio”. Izamiento de banderas: ¿habrá multas por incumplimiento?
Pero, ¿qué pasa si no coloca la bandera en su casa? Por ahora, los decretos publicados no incluyen sanciones económicas directas. Sin embargo, al tratarse de una medida obligatoria, el incumplimiento podría ser observado por las autoridades municipales.
Cabe recordar que en años anteriores sí hubo multas por no izar la bandera. En 2024, la Municipalidad de Lima aplicó sanciones de entre el 10% y el 25% de una UIT (de S/ 515 a S/ 1,287.50), según el área donde se cometiera la infracción.
Por eso, aunque no todas las definieron definido montos para este 2025, se espera que en los próximos días distritos como Surco, Magdalena o Jesús María publiquen sus respectivos decretos, algunos de los cuales podrían incluir multas específicas.
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