Pleno del Congreso aprueba ley de tenencia compartida
Eliminan la disposición que establecía que los hijos menores de tres años debían permanecer con la madre.
El Pleno del Congreso de la República aprobó por insistencia la autógrafa que modifica los artículos 81, 82, 83 y 84 del Código de los Niños y Adolescentes, eliminando la disposición que establecía que los hijos menores de tres años debían permanecer con la madre.
Luego de ser observada por el Ejecutivo el pasado 18 de mayo, la representación nacional aprobó ayer la Ley que regula la Tenencia Compartida de los Niños y Adolescentes.
Dicha norma señala que, en el caso de padres separados de hecho, la tenencia de los hijos menores de edad será compartida.
El dictamen de insistencia obtuvo 68 votos a favor, 28 en contra y 18 abstenciones.
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En el artículo 81 de la ley se establece que cuando los padres estén separados de hecho, de común acuerdo y tomando en cuenta el parecer del menor, determinarán la forma de la tenencia compartida, de ser el caso, formalizando ello con una conciliación extrajudicial.
De no existir acuerdo, el juez especializado deberá otorgar, como primera opción, la tenencia compartida, dictando las medidas necesarias para su cumplimiento. Solo excepcionalmente el juez podrá disponer la tenencia exclusiva a uno de los padres, salvaguardando el interés superior del niño o adolescente.
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