Promulgan doble percepción para médicos del Estado
Norma rige para personal especialista o asistencial.
La ley que amplía temporalmente la excepción del desempeño de más de un empleo o cargo público remunerado del personal médico especialista o asistencial de salud debido a una emergencia sanitaria fue publicada la noche del viernes en una edición extraordinaria del Diario Oficial El Peruano.
En el marco de la disposición establecida en el artículo 40 de la Constitución, la Ley N°31427, aprobada por el Congreso de la República, "tiene por objeto ampliar temporalmente la excepción del desempeño de más de un empleo o cargo público remunerado de personal médico especialista o asistencial de salud debido a una emergencia sanitaria".
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La norma señala en su artículo 2 que la autorización de contratación de personal médico especialista o asistencial de salud para el desempeño de más de un empleo o cargo público remunerado se configura cuando se den tres circunstancias:
a) Se produce una declaratoria de emergencia sanitaria conforme a las normas emitidas por la Autoridad Nacional de Salud.
b) El decreto supremo que declara la emergencia sanitaria establece la autorización para el doble empleo remunerado, debiendo regular el ámbito geográfico de habilitación y la especialidad o puesto asistencial habilitado, así como la duración de la medida.
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