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Cerronistas blindan a JNJ en el Congreso: Comisión de Justicia presenta informe que será apelado

Pese a las presuntas irregularidades, grupo de la congresista Janet Rivas, de Perú Libre, solo les hace una exhortación.

Cerronistas blindan a JNJ en el Congreso: Comisión de Justicia presenta informe que será apelado.
Fecha Publicación: 17/10/2023 - 23:00
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No causa sorpresa que la presidencia de la Comisión de Justicia del Parlamento en manos de Janet Rivas (Perú Libre) haya decidido absolver de toda responsabilidad a la Junta Nacional de Justicia (JNJ), ya que desde el inicio de las investigaciones sus magistrados hicieron lo que quisieron con ese grupo de trabajo que no supo defender la majestad del Congreso.

El 24 de agosto del 2023, la congresista Patricia Chirinos (Avanza País) presentó la moción de orden del día N° 7565, que fue puesta a debate y aprobada acordándose encargar a la Comisión de Justicia la investigación sumaria a los miembros de la Junta Nacional de Justicia por causa grave por los siguientes casos: El haber emitido pronunciamiento invocando al Congreso de la República mayor reflexión sobre el antejuicio y juicio político que se tramitaba en contra de la exfiscal suprema Zoraida Avalos Rivera.

Por la presión atribuida a algunos miembros de la JNJ sobre el presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo Vela, para que se pronuncien sobre el caso de la exfiscal Suprema Zoraida Avalos.

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Además, por la interpretación realizada respecto al límite legal de 75 años para el acceso a la JNJ y para su cese.
Finalmente, por no cumplir con presentar los informes anuales correspondiente a los años 2021 y 2022 al pleno del Congreso de la República y por la supuesta filtración de la investigación sobre la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, a IDL-Reporteros.

Conclusiones

Después de varias semanas de supuestas indagaciones, la presidencia de la Comisión de Justicia efectuó el informe final, el cual no encuentra causa grave en el caso de la supuesta injerencia a la independencia de poderes que habría efectuado la JNJ por emitir el pronunciamiento de fecha 23 de mayo de 2023, mediante el cual invoca al Congreso de República mayor reflexión sobre el proceso de antejuicio y juicio político de la exfiscal Zoraida Avalos.

“Concluye con respecto Imelda Tumialán Pinto, Alejandro Vásquez Ríos, Henry Ávila Herrera, Antonio de la Haza Barrantes e Inés Tello Valcárcel no se encuentra causa grave, toda vez que el comunicado escrito, colgado y difundido, es un documento público que no causó efecto en el proceso que llevó el Congreso, ni causó presión alguna sobre los congresistas votantes, en contra de la exfiscal Zoraida Ávalos; que terminó en la inhabilitación de la exfiscal”, señala el informe final.

“¿No hay certeza?”

Tampoco encuentra la existencia de causa grave, es más, para la citada comisión “no existe medio probatorio alguno que permita corroborar” la supuesta intromisión ante los miembros de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia para pronunciarse a favor de la inhabilitada exfiscal de la nación Zoraida Ávalos Rivera.

“Esta comisión concluye que respecto de los señores miembros de la Junta Nacional de Justicia, no es posible determinar la existencia de causa grave puesto que, luego del análisis de los hechos y las declaraciones de los involucrados, la información difundida en el programa “Combutters”, y el diario “Expreso” no genera el mínimo de certeza requerido, toda vez que no existe medio probatorio alguno que permita corroborar su veracidad”, indica.

Edad máxima

Respecto a la edad para ser miembro de JNJ, uno de los puntos más críticos de la investigación, la comisión concluye que al no haberse podido determinar causa grave; y tratándose de un hecho que versa sobre la interpretación de una norma constitucional como es el artículo 156, inciso 3 de la Constitución, tendría que verificarse vía la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales si corresponde o no a una infracción constitucional.

Presentación del plan

Tampoco encuentran irregularidad en el incumplimiento constitucional y de su propia ley orgánica de presentar un Informe Anual al Pleno del Congreso de la República.

“Esta comisión concluye que no se ha podido determinar que se encuentre causa grave.

No obstante, ello, tratándose de un hecho que versa sobre el incumplimiento de una norma constitucional, como lo es el artículo 154 inciso 6 de la Constitución, tendría que verificarse vía Subcomisión de Acusaciones Constitucionales si corresponde o no a una infracción constitucional.

Por María Teresa García

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