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Castigarán a bancos que no ofrezcan tarjeta sin membresía: resolución de la SBS dispone multas de hasta S/ 535 mil

Modifican Reglamento de Infracciones para tipificar como falta grave el no contar con al menos un plástico sin cobro de ese rubro en portafolio de productos.

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Castigarán a bancos que no ofrezcan tarjeta sin membresía: resolución de la SBS dispone multas de hasta S/ 535 mil.
Fecha Publicación: 12/07/2025 - 23:00
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Mientras en otros países los bancos compiten por atraer clientes con tarjetas de crédito sin comisiones, programas de cashback, millas y servicios personalizados, en el Perú la realidad ha sido otra: entidades que cobran membresías abusivas, productos que imponen costos sin informar adecuadamente y usuarios que, muchas veces, ni siquiera saben por qué están pagando.

A diferencia de mercados más desarrollados donde la transparencia y la competencia financiera empoderan al consumidor, el sistema bancario peruano ha sostenido, durante años, un esquema de ingresos basado en la letra pequeña, la desinformación y el cobro automático de comisiones que pocos entienden y menos aún usan.

Uno de los cobros más cuestionados es la comisión por membresía de tarjetas de crédito: un pago anual que, en teoría, justifica beneficios, pero que en la práctica muchas veces no se traduce en nada útil. El cliente no accede a beneficios reales, no consume lo suficiente para exonerarla o simplemente no la solicitó.

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Según la Defensoría del Cliente Financiero, este cobro se encuentra entre los motivos más frecuentes de reclamo de los usuarios. La respuesta de los bancos ha sido siempre la misma: esconder la membresía entre términos confusos y mantenerla activa por defecto. Esa comodidad lucrativa está a punto de cambiar.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) decidió actuar. A través de la Resolución SBS N.º 00890-2025, publicada el 7 de marzo de este año, modificó el Reglamento de Infracciones y Sanciones para tipificar como infracción grave el no contar con al menos una tarjeta de crédito sin cobro de membresía en el portafolio de productos.

Aunque desde 2020 ya existía esta obligación en el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero, no existía una sanción clara para quienes incumplieran. Eso cambió ahora: las entidades que no ofrezcan esta alternativa gratuita podrán ser multadas con montos entre 107,000 y 535,000 soles.

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