23 años de la adopción del Estatuto de Roma
El Estatuto de Roma es el tratado constitutivo que dio vida a la Corte Penal Internacional (CPI) -con sede en La Haya, Países Bajos-, y fue hecho en la histórica capital italiana, el 17 de julio de 1998 como ayer. Entró en vigor el 1 de julio de 2002, al completarse las 60 ratificaciones exigidas. La Corte es la única instancia punitiva supranacional de alcance planetario con que cuenta la humanidad. Conviene precisar que la Corte Penal Internacional no es parte ni depende de la ONU –solo se debe a la Asamblea de los Estados Parte que es su órgano legislativo– y juzga y condena a personas por denuncias, generalmente actores con relevante poder político nacional. A la fecha, son muy pocos los jefes de Estado o expresidentes, sean autócratas, dictadores, etc., –para la Corte esas calificaciones son irrelevantes–, que han sido acusados ante la propia Corte. El Estatuto consagra la individualización de la responsabilidad penal, constituyendo un legado directo de los históricos juicios de Núremberg (1945-1946) contra los criminales nazis por el Holocausto de la Segunda Guerra Mundial (1939-1945). El Estatuto, con 128 artículos, consagra los principios “Nullum crimen sine lege” (el delito debe estar señalado en la ley) y “Nulla poena sine lege” (el condenado solo puede ser penado como ordena la Corte). El Perú es Estado parte desde el 2001, y a la fecha, 124 países lo han ratificado. Finalmente, solo se acude a la Corte Penal Internacional cuando el Estado no quiere o no puede juzgar, o ha resultado injusto en su sentencia en el sentir de los afectados, es decir, únicamente se encausa una denuncia ante esta Corte por el principio de complementariedad. Sin duda, la dación del Estatuto de Roma y la posterior creación de la Corte Penal Internacional constituyeron uno de los más importantes avances de la humanidad en la naturaleza punitiva de los actos humanos que habían impactado negativamente a propia naturaleza del derecho: La referida individualización de la responsabilidad penal tuvo tanta aceptación que ha alcanzado una alta calificación de derecho garantista en medio de una comunidad internacional en la que sigue habiendo una enorme proclividad hacia la impunidad en el globo.
(*) Excanciller del Perú e Internacionalista
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