Acaparamiento de la prensa vs. la democracia y los partidos políticos
Los políticos afirman que la reforma que requiere el país incluye la de los partidos políticos, entre otras razones, para evitar que sean vientres de alquiler o se creen solo para defender escondidos intereses.
No cabe duda que los medios de comunicación tienen trascendental importancia para que los partidos defiendan los variados, pero legales, intereses que existen en una comunidad. Por ello, el artículo N° 61 de nuestra Constitución prohíbe el acaparamiento de los medios de comunicación.
El segundo párrafo del arriba mencionado artículo dice a la letra: “LA PRENSA, LA RADIO, LA TELEVISIÓN Y LOS DEMÁS MEDIOS DE EXPRESIÓN Y COMUNICACIÓN SOCIAL Y EN GENERAL, LAS EMPRESAS, LOS BIENES Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y DE COMUNICACIÓN NO PUEDEN SER OBJETO DE EXCLUSIVIDAD, MONOPOLIO NI ACAPARAMIENTO, DIRECTAMENTE NI INDIRECTAMENTE, POR PARTE DEL ESTADO NI DE PARTICULARES”.
Este artículo es mencionado por muy pocos. No me alejo de la verdad si atribuyo lo anterior a que muchos políticos tienen pavor de dictar las leyes necesarias para regular este clarísimo artículo constitucional.
La concentración de medios de comunicación es un poderoso enemigo de la democracia porque, so pretexto de la defensa de la libre expresión, el Estado permite que muchos se concentren en pocas manos.
No existe acaparamiento de medios si un grupo crea varios medios, pero puede existir si este grupo compra medios. Si el nuevo Congreso no dicta las leyes que normalicen este artículo constitucional dificultará la tan necesaria reforma de la Ley de Partidos Políticos.
La importancia del artículo N.° 61 de nuestra Constitución radica en que con una prensa acaparada es difícil hacer una reforma política porque para realizarla se requiere que el pueblo conozca la verdad y el acaparamiento de la prensa lo impide.
No se requiere un cambio constitucional para impedir el acaparamiento de los medios de comunicación porque el artículo N°61 de nuestra Constitución es más claro que el agua. No se puede acaparar medios de comunicaicón.
Sin embargo, como esta columna defiende la seguridad que debe tener el derecho de propiedad de todos, sostengo que para corregir la concentración que produce el acaparamiento de medios no se puede atentar contra los derechos de propiedad de los dueños. Por ello el agraviado por la prensa o el periodista debe tener el derecho de defenderse, mencionando nombres, de las ofensas de la prensa o el periodista. El Poder Judicial debe pronunciarse si el derecho del agraviado no ha sido restringido.
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