ÚLTIMA HORA
PUBLICIDAD

Adopciones e “incentivos tributarios”

Imagen
Fecha Publicación: 13/01/2024 - 22:00
Escucha esta nota

El número de niños que necesitan ser adoptados en el Perú crece exponencialmente.

Una de las causas más recientes ha sido el fallecimiento de sus padres durante la pandemia de COVID-19, según cifras oficiales, perdimos más de 200 mil personas en el Perú.

Sin embargo, los trámites administrativos y judiciales son cada vez más engorrosos y, pasados los 6 años, es difícil encontrarles un hogar, más aún si los niños tienen alguna discapacidad.

Esta realidad es dura, por cuanto de 2018 a marzo de 2023 se registraron 33,959 casos de desprotección infantil en el Perú; sin embargo, durante el mismo período solo 17,623 lograron su reintegración familiar y los demás quedaron en “hogares de acogida” en espera de unos padres adoptantes.

Al respecto, nuestra preocupación es constante, para procurar que las leyes y disposiciones del Ejecutivo se conviertan, sobre todo, en herramientas eficaces y eficientes para facilitar los procesos de adopción con los debidos cuidados; pero, a su vez, que se acorten los plazos que hacen eternos para que los padres que, tienen o no tienen hijos, encuentren en el Estado un aliado en su deseo generoso de ampliar su familia.

Por lo cual, hemos presentado un proyecto de ley con el objetivo de ofrecer incentivos a los padres que deseen adoptar niños mayores de seis años, adolescentes con discapacidad y grupos de hermanos que necesitan de una mayor dedicación de las familias para su cuidado y también de mayores gastos para su rehabilitación, educación y salud; motivos por los cuales no consiguen hogar.

El proyecto de ley presentado brinda beneficios tributarios razonables, para que los padres adoptantes, puedan asumir con responsabilidad su rol; es por eso que se propone la modificación del artículo 46 de la Ley del Impuesto a la Renta, de modo tal que, el pago por servicios que ellos realicen en educación, honorarios profesionales de médicos, odontólogos y terapias especializadas puedan ser deducidos de las rentas de la cuarta y la quinta categoría.

Si los hijos adoptados tienen graves problemas a causa de una enfermedad o una discapacidad severa que requieren de importantes inversiones y dedicación se podrá deducir el 100% del total de pagos realizados anualmente en sus cuidados, hasta llegar a un máximo de 3 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) por cada hijo adoptado.

Así, el Estado contribuye, no solo con discursos, sino de manera efectiva para solucionar el problema de los niños y adolescentes en situación de abandono y con limitaciones de salud.

Asimismo, tienen problemas para conseguir un hogar, los niños de más de 6 años y aquellos que constituyen un grupo de dos o más hermanos; cuanto más pasa el tiempo, sus posibilidades disminuyen, por eso, este proyecto de ley propone deducir el 100% de gastos realizados anualmente hasta por un máximo de 5 UIT, por cada menor adoptado.

Muchos son los países que ofrecen estas ayudas a los padres adoptantes, como también a las familias que tienen pocos hijos por razones económicas, como es el caso de Europa, Asia y otros continentes.

Nuestro proyecto que espera ser aprobado por el Ejecutivo, pone el foco sobre el grave problema de la orfandad en el Perú y el derecho de todo niño y adolescente a tener una familia.

(*) Congresista. Presidenta de la Comisión de la Mujer y Familia.

Mira más contenidos siguiéndonos en FacebookXInstagram, TikTok y únete a nuestro grupo de Telegram para recibir las noticias del momento.