Aumento discriminatorio
Las aguas están movidas en el sector universitario, dos últimas noticias han remecido dicho ambiente. La primera, referida a un fallo emitido por un juez de Bagua que suspende el cierre dispuesto por la Sunedu de la Universidad Telesup, por no cumplir con las condiciones básicas de calidad que exige la Ley Universitaria; como consecuencia, dicha universidad mediante comunicado ha anunciado que seguirá con “todas” sus actividades académicas, sin ningún impedimento para convocar a nuevos procesos de admisión y que sus grados y títulos emitidos “seguirán” siendo reconocidos por Sunedu y por demás autoridades competentes.
Este hecho es gravísimo y de no remediarse pone en riesgo a todo el proceso de licenciamiento universitario. Por lo pronto la Sunedu ya anunció que apelará tal fallo y que pedirá que se investigue al juez que emitió dicha sentencia, en este sentido invocamos a la Procuraduría de la Sunedu a redoblar el seguimiento a sus casos denunciados y no bajar la guardia como por momentos pareciera hacerlo, sabiéndose de las eventuales presiones que reciben los operadores del derecho, sobre todo al interior del país, para resolver a favor de universidades cuestionadas y/o sancionadas; hay casos emblemáticos donde se actuó con reflejos ante evidencias de corrupción, formulándose denuncias penales con bombos y platillos, pero hasta ahora no se ven resultados, esperemos que no pase lo mismo con este inefable fallo de Bagua, que de confirmarse se traería abajo todo el proceso de licenciamiento y a la misma Sunedu la haría aparecer como un ente simplemente decorativo. El otro hecho es el de la Universidad Garcilaso de la Vega, a quienes se les ha denegado su solicitud de licenciamiento, algo que se veía venir.
Pero hay algo que ha causado mayor asombro y malestar en la comunidad universitaria en general y es el “apetitoso” aumento de sueldos a rectores y vicerrectores de las “universidades públicas” vía Decreto Supremo 313-2019-EF fijando en S/ 25,000 “la compensación económica mensual” de rectores y en S/ 22,500 la de vicerrectores y que recibirán al año 14 de estas “compensaciones”, al igual que el sector privado. Pero, ¿qué artículo de la actual Ley Universitaria 30220 faculta tal aumento? ¿Y qué de sus docentes? ¿No dice la norma que sus remuneraciones se homologan con los magistrados judiciales y que no serán inferiores a las del juez de Primera Instancia? ¿Se cumple esto? No. Sus sueldos actuales de estos oscilan entre menos de S/ 7,000 a S/ 3,600, de la mayor a la menor categoría.
Recordemos que una de las razones por la que siempre fue cuestionada la extinta ANR, fue el ser vistos como una especie de sindicato de rectores que solo velaban por sus intereses de grupo y que no les importaba para nada la suerte de las universidades. Este aumento discriminatorio sabe a esto mismo.